TRANSPARENCIA

Corte blinda las actas del pleno: ahora son de acceso restringido

Corte blinda las actas del pleno: ahora son de acceso restringido
El pleno de la Corte Suprema de Justicia ordenó la detención provisional de Ricardo Martinelli, el pasado 21 de diciembre.

Las actas del pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) son confidenciales y, por tanto, de acceso restringido.

Así lo acordaron los nueve magistrados de la CSJ, en una sesión dirigida por José Ayú Prado como presidente de ese órgano del Estado. Aunque el acuerdo tiene fecha del 1 de octubre de 2015, fue rubricado el 23 de diciembre y recién divulgado en la Gaceta Oficial de este lunes.

Los magistrados alegan que en las sesiones del pleno, “se examina, menciona y comenta sobre información confidencial relacionada con las partes de los procesos judiciales estudiados”. El artículo 1 de la Ley 6 de 2002 (“Ley de Transparencia”) reconoce como de acceso restringido toda aquella información en manos de agentes del Estado o de  cualquier institución pública, “cuya divulgación haya sido circunscrita a los funcionarios que la deben conocen en razón de sus atribuciones”.

La misma Ley 6 también señala –en su artículo 13- que “en caso de que la información de carácter confidencial sea parte de procesos judiciales, las autoridades competentes tomarán las provisiones para que dicha información se mantenga reservada y tengan acceso únicamente las partes involucradas en el proceso judicial respectivo”.

No obstante, el pleno de la Corte no se limita únicamente a tratar procesos judiciales “de carácter confidencial”. También debe resolver consultas o demandas de inconstitucionalidad contra leyes, decretos, acuerdos, resoluciones y demás actos impugnados; amparos de garantías constitucionales; faltas cometidas por ministros, procuradores, magistrados del Tribunal Electoral y el contralor; designar a funcionarios dentro de la estructura del Órgano Judicial; crear y administrar juzgados y tribunales superiores, y elegir su junta directiva, entre otros asuntos. Esta información, a partir de ahora, ya no sería de acceso público, conforme al acuerdo recién aprobado por sus señorías, que restringe todas las actas del pleno, sin distinción.


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