Tres demandas de inconstitucionalidad contra las jubilaciones especiales de los directores de la Policía Nacional (PN), el Servicio Nacional Aeronaval (Senan) y el Servicio Nacional de Fronteras (Senfront) fueron presentadas este miércoles 20 de diciembre ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Las acciones fueron presentadas por el abogado Mario Alexander González, en representación del excandidato presidencial Juan Jované.
Jované demanda la Ley 18 de 1997, que es la ley orgánica de la PN. Dicha norma reconoce el derecho a percibir como jubilación la suma correspondiente al último sueldo devengo, a aquellos miembros de la PN con 25 años de servicios consecutivos o 30 no continuos. Jované reclama que el director de la PN debe ser excluido de dichas jubilaciones, ya que no es un funcionario de carrera policial, dado que su cargo es de libre nombramiento y remoción del presidente de la República, según consta en el artículo 41 de la Ley 18 de 1997 y en el artículo 184 de la Constitución. Por tanto, la jubilación especial -según el demandante- sería violatoria del artículo 307 de la Constitución, que señala que no forman parte de las carreras públicas los funcionarios cuyo nombramiento está regulado -precisamente- por la Carta Magna.
El excandidato también reclama la declaratoria de inconstitucionalidad de sendos artículos del Decreto Ley 8 de 2008, que crea el Senafront, y de la Ley 93 de 2013, que crea Senan. El argumento es similar: el director y el subdirector del Senafront y el Senan son funcionarios de libre nombramiento y remoción. Y también -según el demandante- la jubilación especial violaría el artículo 307 de la Constitución.
