El Tribunal Superior de Apelaciones no admitió la recusación contra el juez de juicio oral Roberto Tejeira presentado por los querellantes Balbina Herrera y Rubén Polanco, en el caso seguido al expresidente Ricardo Martinelli por las escuchas telefónicas.
Tejeira fue vicegobernador de la provincia de Panamá durante la gestión de Mayín Correa (2009-2014). Además fue asesor legal de la Alcaldía de Panamá cuando Correa fue alcaldesa de Panamá (1991-1999).
El pasado 13 de febrero la Segunda Oficina Judicial del Sistema Penal Acusatorio efectúo el reparto para la escogencia del Tribunal de Juicio Oral del caso de escuchas telefónicas.
Tejeira resultó como presidente del Tribunal; Arlene Caballero, quien también fue recusada por la defensa de Martinelli, actuaría como relatora, y Raúl Vergara (del despacho 14 será el tercer juez.
Estos tres jueces deberán valorar las pruebas tanto de la defensa y del fiscal. También decidirá sobre la inocencia o culpabilidad del expresidente Martinelli.
En tanto, el Tribunal Superior de Apelaciones tampoco aprobó la recusación presentada contra Caballero por parte del abogado defensor de Martinelli, Carlos Carrillo.
El Tribunal Superior de Apelaciones de Panamá no admite incidentes de recusación contra jueces de Juicio Oral, y ordena que continúen con la causa penal conocida como "escuchas telefónicas". #OJInforma pic.twitter.com/Z1iMJ813LN
El Tribunal Superior de Apelaciones de Panamá no admite incidentes de recusación contra jueces de Juicio Oral, y ordena que continúen con la causa penal conocida como "escuchas telefónicas". #OJInforma pic.twitter.com/Z1iMJ813LN
— OJudicialPanamá (@OJudicialPanama) March 1, 2019
Luego de la emisión de su fallo el Tribunal Superior de Apelaciones ordenó a los jueces de juicio Tejeira, Caballero y Vergara continuar con el conocimiento de la presente causa penal.
Caballero fue secretaria de la Sala Penal del magistrado José Ayú Prado.
La juez Caballero también formó parte del tribunal del juicio que declaró culpable al separado juez séptimo penal Felipe Fuentes, por la comisión del delito de sustracción de documentos públicos.
