El Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales concedió un término de 15 días al exministro de Obras Públicas, Federico José “Pepe” Suárez (2209-2012), Daniel Ochy y a otras cinco personas el término de 15 días para formalizar un recurso de casación contra la sentencia de segunda instancia que los condenó a penas de seis a ocho años de prisión por peculado en la construcción de la autopista Arraiján-Chorrera.
El de casación es el último recurso que cabe contra la sentencia condenatoria.
A través del Edicto No.116 divulgado en la sede de ese tribunal, se informa a las partes que deben oficializar sus recursos.y para ello tendrán a su disposición en un USB los 131 tomos del expediente.
El Tribunal Superior de Liquidación revocó un fallo de primera instancia y condenó a ocho años de prisión a Suárez y Ochy, pero también a Alcides Velásquez, Miguel González Martínez y Lester Simón Mendoza, por el delito de peculado. Además, se impuso una pena de seis años de cárcel a Éder Antonio Márquez y Eduardo Antonio Rodríguez.
En abril de 2025, la juez Agueda Rentería absolvió a todos los implicados en esta investigación, porque -según ella- la fiscalía anticorrupción no logró acreditar “de manera fehaciente” la existencia de un perjuicio al Estado. Ante este fallo, el Ministerio Público presentó un recurso de apelación.
Durante el juicio celebrado en febrero de 2024, el fiscal anticorrupción Ariel De Gracia explicó que los imputados ocasionaron una lesión patrimonial por $7.8 millones.
La autopista Arraiján–La Chorrera, que fue adjudicada por $152.6 millones, terminó costando $161.8 millones, tras la aprobación de varias adendas que incrementaron su valor.
En el fallo del tribunal superior se estableció que Suárez, como ministro del MOP, era el responsable del cumplimiento efectivo de la obra y que conocía las anomalías que se estaban suscitando en dicho proyecto.
Según el informe de Auditoría Especial N.09-009-2017-DIAF de la Contraloría General de la República, se determinó que Transcaribe Trading, S.A. (TCT), bajo la representación de Daniel Ochy, fue beneficiaria de pagos por trabajos realizados fuera de las especificaciones técnicas del contrato, causando un perjuicio económico al Estado por poco más de $7.9 millones.
El fallo también precisa que Ochy, junto con otras personas, participó en la ejecución de trabajos que no cumplían con el pliego de cargos, especialmente en la aplicación indebida de la técnica “Rubblizing” (fragmentación de concreto) en áreas no autorizadas y la construcción de barreras tipo New Jersey fuera de especificaciones.

