Dos nuevas condenas en las que se obliga al Estado al pago de 50 mil dólares a pacientes que consumieron medicamentos contaminados por el tóxico dietilenglicol fueron dadas a conocer en la tarde de ayer por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte.
Con la ponencia de la magistrada María Cristina Chen Stanziola, se ordena al Estado, a través de la Caja de Seguro Social (CSS), el pago de una indemnización de 25 mil dólares a favor de Mercedes Quintero Chacón y otros 25 mil dólares a favor de Xiomara Elena Bustamante, ambas afectadas por el consumo de medicinas que contenían el tóxico dietilenglicol.
El fallo se produce como parte de la responsabilidad de la CSS derivada de la falta de seguridad de los medicamentos (producto defectuoso), fabricados en el Laboratorio de Producción de Medicamentos de la Caja de Seguro Social.
También la CSS queda obligada a la presentación de disculpas públicas a las afectadas por el tóxico como parte del resarcimiento. Las disculpas deberán hacerse públicas a través de un comunicado de prensa que deberá ser enviado a todos los medios de comunicación.

Con estas dos, ya son cinco las condenas contra el Estado dadas a conocer por la Sala Tercera a favor de personas que tomaron medicinas envenenadas con dietilenglicol.
Las condenas también obligan a la CSS a la construcción de un monumento y la instalación de una placa conmemorativa con los nombres de todas las víctimas reconocidas en la sede de la Ciudad de la Salud de la CSS, en reconocimiento a la memoria de las víctimas fallecidas. Asimismo, se ordena la instalación de otra placa conmemorativa con los nombres de todas las víctimas reconocidas en las instalaciones donde funcionaba el Laboratorio de Producción de Medicamentos de dicha institución.
Asimismo, la CSS está obligada a incluir en su portal web institucional una sección exclusiva para los casos de dietilenglicol, con un mapa interactivo por provincia, en la cual se mantenga actualizada la información relativa a cada una de las demandas contencioso-administrativas de indemnización interpuestas ante la Sala Tercera de la Corte.
Específicamente, esta medida simbólica implica que cada paciente pueda conocer la etapa procesal en que se encuentra su acción contencioso-administrativa, lo cual comprenderá la sentencia de fondo y lo relativo a la ejecución de la sentencia de cada víctima.
Sin embargo, miembros del Comité por el Derecho a la Salud y la Vida, que aglutina a un grupo de pacientes afectados por el tóxico dietilenglicol, consideraron insuficiente la indemnización de 25 mil dólares otorgada a tres pacientes afectados tras el consumo de medicinas contaminadas.
Gabriel Pascual, vocero del comité, explicó que, aunque los pacientes indemnizados forman parte del comité, estima que el monto de 25 mil dólares para cada uno de los tres beneficiados con el fallo es insuficiente para cubrir todos los gastos que los pacientes afectados por el tóxico deben afrontar.
Pascual reconoció que solo en medicinas e insumos médicos los pacientes afectados pueden llegar a ese monto de dinero en un par de años de tratamiento y sostuvo que el Estado debe reconocerles una suma mayor.
La Sala Tercera mantiene en trámite 472 demandas contencioso-administrativas de indemnización contra el Estado panameño. De ellas, un total de 387 procesos han llegado a su etapa de fondo; es decir, un 82% de los expedientes han superado las etapas procesales necesarias para dictar sentencia y poder brindar una respuesta a las víctimas.

En este tipo de reclamaciones, la Sala Tercera, ha señalado en reiteradas jurisprudencia que es necesario acreditar la existencia de tres elementos: la falla o falta del servicio, por omisión, deficiencia o retardo, que no es más que el hecho causado por incumplimiento de las obligaciones a cargo del Estado y sus funcionarios públicos, en torno a la prestación del servicio público.

