La Corte Suprema de Justicia no admitió una demanda de inconstitucionalidad contra la Resolución No. 27 del 7 de abril de 2026 del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), que ordena la ejecución de un Plan de Preservación y Gestión Segura (cuidado y mantenimiento) de la Mina de Cobre Panamá, ubicada en el distrito de Donoso, provincia de Colón.
El fallo, bajo la ponencia del magistrado Carlos E. Villalobos, desestima una demanda de inconstitucionalidad interpuesta por los abogados Silvio Guerra, Juan Ramón Sevillano, José Cerezo, Roberto Ruiz Díaz y otros, quienes consideraban inconstitucional la citada resolución por violar la Constitución.
La decisión, de carácter unánime, fue dada a conocer a través del edicto No. 1037, fijado en el tablero de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia este martes.
La resolución demandada permite a la empresa Cobre Panamá realizar trabajos de mantenimiento de la mina y la comercialización de los materiales que se encuentran en el lugar y que podrían provocar situaciones de contaminación ambiental.

El documento también establece que las actividades permitidas a la empresa están estrictamente dirigidas a preservar los niveles de seguridad y prevenir riesgos ambientales.
Asimismo, señala que estas acciones no implican el reinicio de operaciones del Proyecto Cobre Panamá, sino que constituyen una medida precautoria para evitar posibles daños ambientales derivados del material remanente que permanece en el sitio.
Sin embargo, los demandantes consideran que la resolución viola el fallo de la Corte Suprema de Justicia que dejó sin efecto el contrato entre la empresa minera y el Estado panameño.
En ese sentido, han señalado que la resolución permite una reactivación parcial de las operaciones de la empresa minera sin la existencia de una regulación formal.

