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Corte mantiene el servicio de escolta vitalicia a los expresidentes

Corte mantiene el servicio de escolta vitalicia a los expresidentes
El fallo estuvo bajo la ponencia de la magistrada Maribel Cornejo. LP Elysée Fernández

La Corte Suprema de Justicia ha dado un espaldarazo al beneficio de escoltas de forma vitalicia a quienes hayan ejercido el cargo de presidente de la República, además de los servicios de una secretaria durante los cincos años siguientes a la conclusión de su correspondiente mandato.

En un fallo del pasado 23 de noviembre de 2022, bajo la ponencia de la magistrada Maribel Cornejo, la Corte también mantiene la disposición contenida en la Ley 55 de 1996 de que los escoltas y la secretaria asignados serán considerados como servidores públicos y formarán parte del Ministerio de la Presidencia, que fijará sus emolumentos.

De ese modo, la Corte respondió a una demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Roberto Ruiz Díaz.

Aunque el fallo fue emitido hace casi dos meses, recién fue dado a conocer a través de un edicto divulgado el 10 de enero de 2023 y que lleva la firma de los nueve magistrados que conforman el pleno de esa corporación de justicia.

La decisión de los magistrados se sustenta en aspectos de forma de la demanda, al sostener que no cumple con lo establecido en los artículos 2560 y 2561 del Código Judicial.

En el primero de ellos se establece que la demanda de inconstitucionalidad debe contener una transcripción literal de la disposición, norma o acto acusado y cuáles son las disposiciones constitucionales que supuestamente han sido infringidas.

Mientras que el segundo precisa que la “demanda se acompañará de copia debidamente autenticada de la ley, decreto de gabinete, decreto ley, orden, acuerdo, resolución o acto que se considere inconstitucional; si se trata de una ley u otro documento publicado en la Gaceta Oficial no habrá necesidad de acompañar la copia, bastando citar el número y fecha de la respectiva Gaceta Oficial”.

El Código Judicial indica que la inobservancia de los requisitos a los que se refieren los artículos anteriores produce la inadmisión de la demanda.

La demanda fue presentada por Ruiz Díaz, por considerar que dicha medida otorga privilegios. Entre los argumentos de la demanda se encuentra el hecho de que a través de la reglamentación de la Ley 55 de 1996, a través de los decretos ejecutivos 434 y 435, ambos del 24 de junio de 2014, en los que se establecieron “cantidades exorbitantes” de escoltas asignados a los expresidentes, al punto de que se tendría que reservar a al menos 30 agentes del Servicio Nacional de Protección Civil (SPI) para cada expresidente, ya que es un servicio que se presta las 24 horas.

La Ley 55 también permite el establecimiento de medidas de seguridad por un plazo de 10 años para quien haya ejercido el cargo de primera dama y de cinco para los hijos.

La acción de Ruiz Díaz sostiene que la Ley 55 viola el artículo 19 de la Constitución, en el que se establece que “no habrá fueros o privilegios ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas”.

Tras conocer el fallo de la Corte, Ruiz Díaz alegó que esa corporación de justicia no quiso debatir el fondo de su demanda, limitándose a la forma.

Agregó que presentará nuevamente la demanda ante la Corte, ya que existe clara evidencia que la Ley 55 otorga un privilegio a quienes han ocupado el cargo de presidente de la República, pero no así a otros funcionarios como el procurador de la Nación o fiscales, quienes ejercen acciones directas contra el crimen organizado y podrían ser objeto de represalias por las decisiones asumidas en el ejercicio del cargo.

La norma contempla que los escoltas son para los expresidentes “elegidos por votación popular directa”, lo que excluye a aquellos designados por la dictadura militar. Actualmente, sobreviven cinco expresidentes que asumieron el cargo después de la invasión estadounidense a Panamá. Se trata de Ernesto Pérez Balladares (1994-1999), Mireya Moscoso (1999-2014), Martín Torrijos (2004-2009), Ricardo Martinelli (2009-2014) y Juan Carlos Varela (2014-2019).


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