La alcaldesa de San Miguelito, Irma Hernández, perdió una batalla legal luego de que la Corte Suprema de Justicia no admitió un amparo de garantías constitucionales interpuesto contra una resolución de la Contraloría General de la República que redujo a $1,000 el límite para la delegación de refrendo en actos relacionados con el manejo de bienes y fondos públicos de ese municipio.
A través del edicto 769, colgado este martes en la Secretaría de la Corte, se informa a las partes de la decisión asumida por el Pleno, bajo la ponencia del magistrado Carlos Vásquez Reyes.
La resolución de la Contraloría, que fue publicada en la Gaceta Oficial el pasado 20 de enero, establece que coordinadores, jefes y supervisores de fiscalización de la Contraloría en ese distrito podrán refrendar documentos hasta $1,000, monto que anteriormente se encontraba fijado en $50,000.
En el edicto no se detallan los fundamentos de la Corte para no admitir el amparo presentado por la alcaldesa Hernández, pero la decisión mantiene vigente la resolución expedida por la Contraloría.
La Resolución 150-DNFG, del 16 de enero de 2026, “por la cual se aprueban delegaciones de refrendo que ejercerán servidores de la Dirección Nacional de Fiscalización General”, lleva la firma del contralor Anel Flores.
En esa resolución, también se dispuso que las planillas ya no se procesarán en San Miguelito, sino en la sede central de la Contraloría.
Hernández también presentó ante la Sala Tercera Contencioso Administrativo de la Corte una demanda de nulidad contra la Resolución 1 del 13 de enero de 2026, emitida por la Junta Directiva de la Autoridad de Aseo Domiciliario, por la cual se le autoriza la recolección de basura en el distrito de San Miguelito.

En esa demanda, Hernández sostiene que la resolución viola el artículo 11 de la Ley 51 de 2010, que regula a la Autoridad de Aseo, el cual establece que: “en las reuniones de la Junta Directiva, en las que se tomen decisiones sobre la operación y explotación de los servicios relacionados con el aseo urbano, comercial y domiciliario y de los rellenos sanitarios de un distrito en particular, el alcalde de ese distrito tendrá el derecho de participar, con voz, pero sin voto”, y que ella no fue convocada a dicha reunión.
El conflicto tuvo su génesis cuando el ministro de Salud, Fernando Boyd Galindo, junto con el director de la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario, Ovil Moreno, anunciaron que dicha entidad, encargada de la recolección de basura en el distrito de Panamá, iniciaría la prestación del servicio en San Miguelito a partir del pasado 19 de enero, pese a que aún se estaba a la espera del refrendo de la Contraloría.


