En una votación de 7 a favor y 2 salvamentos, el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó dos demandas de inconstitucionalidad interpuestas por el expresidente Ricardo Martinelli (2009-2014) contra la orden de indagatoria y la condena a 128 meses de prisión por blanqueo de capitales, dictada en su contra en el caso New Business.
Fuentes del Órgano Judicial revelaron que, durante el pleno ordinario celebrado el jueves 9 de octubre de 2025, los magistrados María Eugenia López Arias, Maribel Cornejo, Ariadne García, Carlos Vásquez, María Cristina Chen Stanziola, Olmedo Arrocha y Miriam Cheng Rosas votaron en contra de las demandas presentadas por los abogados de Martinelli.
Por su parte, los magistrados Ángela Russo y Cecilio Cedalise presentaron sendos salvamentos de voto.
La decisión, adoptada el pasado jueves por el pleno, deberá ahora ser firmada por cada uno de los magistrados que participó en la votación. Los tiempos se alargan porque hay dos salvamentos de voto; por tanto, se desconoce cuando el público podrá obtener copias y conocer el contenido del fallo.
La primera demanda fue interpuesta por la abogada Nadia Castillo el 1 de noviembre de 2024, contra la orden de indagatoria expedida por la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada.
La segunda la llevó el abogado Ángel Álvarez contra la sentencia de 120 meses de prisión impuesta a Martinelli por la juez penal Baloisa Marquínez, bajo el argumento de que se violó el principio de especialidad contenido en el tratado de extradición entre Estados Unidos y Panamá. Cabe recordar que Martinelli fue entregado a Panamá por alguaciles federales estadounidenses en junio de 2018.
Como Arrocha fue el primer magistrado en conocer las demandas de Martinelli, ambas quedaron acumuladas en su despacho. Inicialmente, la demanda presentada por Nadia Castillo había sido repartida al despacho de la magistrada López Arias.
En su demanda, el abogado Álvarez argumentó que la juez Marquínez habría violado el principio consignado en el tratado de extradición pactado entre Panamá y Estados Unidos al dictar sentencia contra Martinelli. No obstante, Estados Unidos ha manifestado en varias ocasiones que a Martinelli ya no le aplica dicho principio.
El procurador de la Nación (encargado), Jorge Luis de la Torre Franco, remitió una opinión escrita a la Corte en la que advirtió que la sentencia del caso New Business se encuentra “debidamente ejecutoriada” y que no se han constatado las vulneraciones al debido proceso que alega Martinelli.
De la Torre recordó que la defensa del expresidente ha presentado varias acciones judiciales (incidentes de nulidad y de controversia, recursos de tutela judicial efectiva, etc.), en las que insiste que se ha violado el principio de especialidad. Todos han sido fallados en contra, en diversas instancias. Incluso, el pleno de la CSJ ya examinó el tema y respaldó una decisión del Tribunal Tercero Liquidador de Causas Penales, que consideró que Martinelli ya había perdido el principio de especialidad que lo amparaba.
Martinelli se encuentra asilado en Colombia, a donde viajó el pasado 10 de mayo, luego de permanecer más de un año en la Embajada de Nicaragua en La Alameda, país al que finalmente no se trasladó.


