La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de casación presentado por el fiscal adjunto César Pereira contra el fallo del Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales que declaró prescrita la pena de 10 años de prisión impuesta al colombiano David Murcia Guzmán por el delito de captación ilegal de fondos.
El edicto No. 20, fechado el 29 de enero y bajo la ponencia de la magistrada Ariadne García, notificó la decisión a las partes, incluido el rechazo del recurso de casación presentado por el abogado Kevin Pérez Orocú, querellante particular.
El fallo señala que, según el artículo 393 D del Código Penal de 1982, la pena para el delito de captación ilegal de fondos es de 3 a 5 años de prisión, y en este caso, ha transcurrido el tiempo de aplicación de dicha pena.
Durante la investigación, el Ministerio Público cauteló diversos bienes inmuebles y automóviles de lujo de Murcia en Panamá, incluyendo 10 carros, seis de ellos deportivos de lujo, dos apartamentos, tres motocicletas, cuadros de pintores famosos, mobiliario de oficina, ropa y $1.3 millones depositados en cuentas bancarias.
Murcia Guzmán fue capturado en 2008 en Panamá y luego deportado a Colombia, país donde se encuentra detenido cumpliendo una pena por los delitos de lavado de activos y captación ilegal de fondos.
En declaraciones a medios colombianos, Murcia Guzmán ha afirmado que los cargos formulados en Panamá son infundados y que intentará reclamar los bienes que le fueron cautelados.


