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Derechos, privilegios y la lección de una visa

Derechos, privilegios y la lección de una visa
Las visas son un privilegio, no un derecho, ha recordado por estos días la Embajada de Estados Unidos en Panamá. Tomada de internet

Introducción.

En Panamá, las palabras derecho y privilegio se usan como si fueran sinónimos, pero en realidad son antónimos. Donde uno empieza, el otro debe terminar.

La reciente cancelación de una visa estadounidense a un exfuncionario panameño —más allá del ruido político— nos recuerda una verdad elemental: los privilegios se conceden; los derechos se reconocen.

Y en Panamá, lamentablemente, nos hemos acostumbrado a vivir al revés.

Derecho: lo que el Estado te debe. Privilegio: lo que el poder te concede.

Un derecho es una facultad reconocida por la Constitución o la ley. Nadie puede suprimirlo sin causa legal ni debido proceso.

Un privilegio, en cambio, es una concesión discrecional. Depende de la voluntad del poder que lo otorga y puede revocarse sin obligación de justificarlo.

En el sistema estadounidense, una visa es un privilegio, no un derecho.

El Estado la concede como un acto de confianza y puede cancelarla en cualquier momento. Cuando la embajada dice “una visa es un privilegio”, habla con precisión jurídica, no diplomática.

Y esa frase —tan seca como exacta— debería hacernos reflexionar: los privilegios dependen de la confianza; los derechos, de la ley.

Panamá: una República de privilegios institucionalizados

En nuestra cultura política, el poder se rodea de beneficios personales que se prolongan más allá de la función pública. Privilegios disfrazados de derechos, amparados por normas o costumbres que la sociedad tolera como si fueran naturales.

Algunos ejemplos son particularmente reveladores.

1. El fuero parlamentario y la llamada “prueba idónea”

El artículo 155 de la Constitución dispone que corresponde al Pleno de la Corte Suprema de Justicia decidir sobre la detención o procesamiento de los diputados. Esa disposición buscaba originalmente evitar persecuciones políticas y preservar la independencia legislativa.

Sin embargo, la práctica judicial y el desarrollo del Código Procesal Penal introdujeron la exigencia de una “prueba idónea” para admitir denuncias contra diputados.

En la práctica, esto se convirtió en un obstáculo casi absoluto: se exige probar lo que aún no puede investigarse. Así, un control judicial legítimo derivó en impunidad institucionalizada.

Jubilaciones y pensiones especiales

Ciertos altos funcionarios disfrutan de regímenes jubilatorios desproporcionados frente a la realidad nacional.

Mientras un trabajador común sobrevive con una pensión mínima, algunos servidores públicos cobran montos que duplican o triplican sus salarios activos. Eso no es mérito ni recompensa: es privilegio legalizado.

Exoneraciones aduaneras y de importación

Varios funcionarios han recibido exoneraciones de impuestos de importación, especialmente para la introducción de vehículos o bienes personales.

Aunque se justifiquen como “beneficios institucionales”, en realidad constituyen un trato preferencial contrario al artículo 52 de la Constitución, que prohíbe que la cobranza no se haga de acuerdo con la Ley.

En materia tributaria, toda excepción sin causa legítima erosiona la equidad fiscal.

Gasolina, escoltas y bienes públicos tras el cargo

La costumbre de mantener vehículos oficiales, combustible y escoltas a exfuncionarios, como Expresidentes y Vice Presidentes es una muestra de cómo el privilegio sobrevive al cargo.

El Estado termina financiando nostalgias personales. No es una cuestión de seguridad, sino de vanidad política con cargo al Tesoro. Igualmente le concede cargos de diputados del Parlamento Centro Americano.

La figura de la “Primera Dama”

La Constitución no la menciona, pero goza de oficina, personal y presupuesto. Es la Reyna en la República.

Su rol simbólico ha sido transformado en estructura institucional sin base legal.

No se trata de restarle mérito a su labor social, sino de reconocer que el afecto no es fuente de derecho público.

La visa como símbolo

Cuando Estados Unidos revoca una visa, no emite una sentencia, pero sí una señal: “ya no confiamos”. Esa discrecionalidad, aunque moleste, expresa una coherencia institucional que en Panamá parece perdida.

Aquí los privilegios rara vez se revocan, aunque haya razones sobradas. Por eso, más que un asunto migratorio, la visa se vuelve un espejo ético. Refleja cómo la confianza se gana con conducta, no con títulos ni cargos.

El desequilibrio de la República

Una República no se mide por las leyes que dicta, sino por la igualdad con que las aplica. Cuando los derechos se debilitan y los privilegios se multiplican, el Estado se deforma.

La justicia se vuelve selectiva, la moral pública se relativiza y la ley deja de ser común para todos.

El artículo 19 de la Constitución lo dice sin rodeos: “No habrá fueros ni privilegios ni discriminación...

Sin embargo, vivimos rodeados de excepciones que contradicen esa norma suprema. Y lo más grave no es que existan, sino que el país se haya acostumbrado a ellos.

Reivindicar los derechos, abolir los privilegios

Panamá necesita una reforma más ética que jurídica: recordar que el poder no otorga derechos, impone deberes.

El servidor público no es un beneficiario del Estado, sino su custodio temporal. Servir es un acto de responsabilidad, no una licencia para disfrutar del erario.

La visa revocada no es el drama, sino el síntoma.

Lo que se cancela no es un sello en un pasaporte, sino la ilusión de impunidad. Y si entendemos la lección, quizá podamos reconstruir una República de derechos, no de privilegios.

El autor es exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia.


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