El procurador de la Nación, Luis Carlos Manuel Gómez Rudy, advirtió que la Asamblea Nacional (AN) se prepara para discutir un proyecto de ley que genera condiciones que favorecen la impunidad, en perjuicio de las víctimas.
El proyecto es el número 741, fue presentado por el diputado de Realizando Metas (RM), Jamis Acosta -que además es abogado del expresidente Ricardo Martinelli Berrocal- e introduce modificaciones a tres artículos del Código Procesal Penal (CPP).
En una nota enviada al diputado y presidente de la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales, Benicio Robinson, el procurador Gómez explica por qué los cambios propuestos por el diputado Acosta crean obstáculos que podrían impedir que casos “con fundamento investigativo” lleguen a juicio.
“Para quien ha sufrido un delito, ello puede significar que su denuncia quede sin una respuesta efectiva, pese a la existencia de diligencias útiles para esclarecer lo ocurrido”, señaló Gómez en su nota a Robinson.

Sostiene que las modificaciones propuestas en el proyecto 741 comprometen la capacidad de respuesta del sistema de justicia penal.
La nota a Robinson fue enviada el 7 de octubre. Posteriormente, ese mismo día, la Comisión de Gobierno prohijó el anteproyecto de Robinson, que es el actual proyecto 741.
La intención de Acosta
El diputado Acosta propuso modificar tres artículos del CPP: los números 271, 280 y 349.
El 271 tiene que ver con las “formas” de iniciar la investigación preliminar.
Si es por denuncia o querella, se establece un plazo de 18 meses y permite una sola prórroga de hasta seis meses. Pero si es de oficio, se admiten prórrogas sucesivas. El procurador no entiende a qué responde esta diferencia. “No se advierte una justificación suficiente para que la denuncia de una víctima determine un régimen más restrictivo de investigación”, remarcó en la nota a Robinson.
Advirtió que solicitar prórrogas sucesivas por periodos de hasta seis meses supone una carga adicional para los fiscales y los despachos judiciales. Además, que ello generaría una multiplicidad de audiencias ante los jueces de garantías sin una necesidad real.
“Estas disposiciones, consideradas conjuntamente’, crean obstáculos que podrían impedir que casos con fundamento investigativo lleguen a juicio”.
En cuanto al artículo 280, este trata sobre la formulación de la imputación.
La propuesta de Acosta permitiría que la imputación sea rechazada mediante una “valoración2 de la vinculación del investigado con los delitos atribuidos. El procurador consideró que eso convertirá la audiencia de imputación en un ”debate probatorio anticipado" y obstaculizaría el desarrollo de una investigación que todavía no se ha completado.
El 349 tiene relación con la apertura del juicio oral.
El proyecto 741 permite al juez de garantías rechazar la acusación si considera que los elementos de convicción no vinculan al imputado con el tipo penal señalado. Gómez precisa que la amplitud de esta causal puede anticipar, en la fase intermedia, una valoración de fondo que requiere la práctica y contradicción de la prueba en juicio.
Además, plantea que la propuesta introduce un sobreseimiento provisional por deficiencias de la acusación, sin definir sus condiciones de reapertura ni armonizar sus efectos con el régimen existente.
Por lo antes expuesto, el procurador solicitó que la propuesta de Acosta no fuera aprobada. En cambio, lo que hicieron los diputados de la Comisión de Gobierno fue acuerparla y votar para que fuera discutida en primer debate.



