El procurador de la Administración, Rigoberto González, solicitó a la Corte Suprema de Justicia que declare inconstitucional dos artículos de la Ley 37 de 2009, referentes a las licencias con sueldo a alcaldes y representantes de corregimiento, lo que ha permitido que, en la práctica, estos funcionarios reciban doble salario del Estado.
El artículo 72 y el artículo 83 de la ley que descentraliza la administración pública, que indica que el representante de corregimiento y su suplente, y el alcalde y vicealcalde que resultaron electos, respectivamente, “gozarán de licencia con sueldo en el cargo público, no podrán ser despedidos y el tiempo de licencia le será reconocido para jubilación, sobresueldo o cualquier otro beneficio. En el caso de laborar en la empresa privada gozarán de licencia”.
En una nota enviada a la Corte, el 21 de octubre pasado, González señala que ambos artículos “representan un fuero o un privilegio para las personas que ocupan un cargo público, pues se beneficiarán con una licencia con sueldo, en detrimento de aquellas que provienen de la empresa privada a quienes le corresponde una licencia sin sueldo”.
Agregó que las frase “con sueldo”, contenida en los artículos 72 y 83 de la Ley 37 de 2009, son infractores del artículo 19 de la Constitución, que señala que “no habrá fueros o privilegios ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas”.
@ProcuadmonPma acompaña nuestra Demanda solicitando la inconstitucionalidad de las licencias con sueldo que tienen funcionarios electos. @asambleapa @AmupaOficial pic.twitter.com/vBpIiOIB51
— ROBERTO RUIZ DIAZ (@R_RuizDiaz) October 22, 2021
El procurador también advirtió que la licencia con sueldo para los alcaldes y representantes de corregimiento sería violatoria del artículo 303 de la Constitución, el cual establece que “los servidores públicos no podrán percibir dos o más sueldos pagados por el Estado, salvo los casos excepcionales que determine la Ley, ni desempeñar puestos con jornadas simultáneas de trabajo”, indicó el procurador general de la Administración.
La opinión de González se produce dentro de la demanda de inconstitucionalidad que presentó el abogado Roberto Ruiz Díaz, contra los artículos 72 y 83 de la Ley 37 de 2009.

