El presidente de la República, José Raúl Mulino, introdujo cambios en el proceso de ascensos de los estamentos de seguridad del Estado, estableciendo que iniciará el 1 de enero y concluirá el 31 de diciembre de cada año. Durante ese período, las unidades deberán mantener buena conducta, aprobar una prueba física y cumplir con los requisitos legales.
A través del Decreto No. 1 del 30 de enero de 2025, Mulino oficializó estas modificaciones. El decreto también dispone que los agentes policiales no podrán incurrir en prohibiciones reglamentarias y deberán cumplir con las evaluaciones establecidas.
Además, se incluyó un parágrafo transitorio que, debido al gran volumen de documentos recibidos para ascensos en 2024, extiende la revisión hasta el 31 de mayo de 2025. El análisis de los ascensos de 2025 comenzará el 2 de junio.
Bajo la administración de Laurentino Cortizo (2019-2024), los ascensos en la Policía Nacional, el Servicio Nacional Aeronaval (Senan) y el Servicio Nacional de Fronteras (Senafront) se publicaban el tercer viernes de noviembre. Sin embargo, Mulino modificó esta norma mediante un decreto del 13 de noviembre de 2024, estableciendo que será el Presidente quien determinará la fecha, en consulta con el ministro de Seguridad Pública y los directores de los estamentos.
El 15 de enero, la Policía Nacional anunció 899 ascensos a los rangos de mayor, capitán y teniente, que debían realizarse en diciembre. Sin embargo, solo incluyó a subtenientes, capitanes y mayores.
Ante esta situación, funcionarios de la Policía y otros estamentos que no fueron ascendidos presentaron una queja ante la Defensoría del Pueblo por violación de sus derechos. El defensor Eduardo Leblanc abrió una investigación, pero el director de la Policía, Jaime Fernández, respondió ordenando un proceso disciplinario contra los agentes que presentaron la denuncia.
La Defensoría calificó esta acción como violatoria de los derechos humanos y advirtió que las sanciones impuestas contravienen el artículo 21 de la Ley 7 del 5 de febrero de 1997, que prohíbe usar las quejas presentadas ante la institución en contra de los denunciantes. Esto, señaló, constituiría una violación de tratados internacionales firmados por Panamá.