El Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales concedió una rebaja de pena de 96 a 80 meses de prisión aplicada a los exdirectivos de la liquidada casa de valores Financial Pacific, West Valdés y Oscar Rodríguez, ambos condenados por el delito de estafa agravada en perjuicio de Caye International Bank.
En tanto, mantuvo la sanción de 96 meses de cárcel a Mayté Pellegrini e Iván Clare, quienes se desempeñaron también como directivos de esa casa de valores.
En este caso, la defensa de Valdés y Clare alega que sus clientes son inocentes ya que denunciaron el fraude a la casa de valores en la que se extravió el dinero.
En un fallo con fecha del pasado 15 de mayo del 2026 y que lleva la firma de los magistrados José Hoo, Manuel Mata Avendaño y Eyda Amarilis Juárez, el tribunal decidió acoger una petición de rebaja de pena de ambos sancionados, tras acogerse a un proceso abreviado.
En el fallo, los magistrados establecen que, “en base al compendio de medios de pruebas expuestos, no cabe duda de la responsabilidad criminal por parte de los sancionados, la que queda acreditada bajo los parámetros del tipo penal de estafa agravada, toda vez que el actuar de estos estuvo orientado a recibir fondos por parte de la empresa extranjera, basados en la astucia y el engaño, ocasionando un perjuicio patrimonial superior a los $2 millones”.

Esta decisión aún no se encuentra en firme, ya que puede ser objeto de un recurso ante la Sala Penal de la Corte.
Valdés mantiene una medida cautelar de impedimento de salida del país, luego de haber permanecido en detencion preventiva por cinco años.
En mayo de 2025, el Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales condenó a los procesados a la pena de 96 meses de prisión por estafa agravada en perjuicio de Caye Bank.
En marzo de 2023, el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales abrió causa criminal contra los investigados y fundamentó su decisión en el hecho de que los procesados, supuestamente mediante actos fraudulentos, indujeron a Caye Bank International a transferir dinero a la cuenta bancaria de FP, la cual no estaba regulada ni autorizada por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) para realizar actividades financieras.

