‘Se reportaba directamente a la Presidencia’, declaró Gustavo Pérez sobre los pinchazos

‘Se reportaba directamente a la Presidencia’, declaró Gustavo Pérez sobre los pinchazos
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia mantuvo una condena de 50 meses de prisión a los exdirectores del Consejo de Seguridad Nacional, Gustavo Pérez y Alejandro Garuz. Archivo

La declaración que dio Gustavo Pérez, exdirector del Consejo de Seguridad Nacional (CSN), al Ministerio Público en medio de una investigación por la intervención de comunicaciones personales (contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad) entre 2012 y 2014, fue clave para que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmara una condena de 50 meses de prisión contra Pérez y Alejandro Garuz, quien también fungió como director del CSN.

El fallo, con fecha del pasado 7 de marzo, cita el siguiente testimonio de Pérez: “había un grupo de inteligencia que se reportaba directamente con la Presidencia de la República”. El exjefe del organismo encargado de la seguridad del Estado también alegó que su “preocupación” era lo concerniente a los “grupos de terrorismo internacional”.

Pérez también le contó al Ministerio Público que Ronny Rodríguez, quien era el jefe de inteligencia del CSN, no le reportaba directamente a él, debido a que tenía “órdenes estrictas de trabajar con la Presidencia” y eso, añadió, le ocasionó “muchos problemas” en su administración. El presidente de la República de la época era Ricardo Martinelli, quien también fue procesado por el mismo delito, pero declarado “no culpable”.

La declaración de Pérez también detalla que cuando llegó al CSN ya había un “modus operandi " entre Ronny Rodríguez, la Presidencia de la República y William Pittí, otro de los que integraba el equipo de inteligencia del Consejo de Seguridad Nacional.

No obstante, indicó que a él “nunca” se le dio acceso a los informes elaborados por ese grupo, ni tampoco tuvo conocimiento sobre cómo se adquirieron los equipos y softwares usados para espiar las comunicaciones personales, como el Pegasus.

Sin embargo, el fallo destaca que como director del CSN, Pérez tenía la facultad legal de solicitar información sobre esas actividades, ya que tenía conocimiento sobre las mismas, pero no se opuso. “Mantuvo un comportamiento omisivo que perpetuó la realización de hechos que afectaron a terceros”, se lee en el fallo de la Corte.

En cuanto a Garuz, el fallo recalca que su vinculación al ilícito se evidenció a través de la declaración las funcionarias del CSN, Inés del Carmen González, quien explicó que la red de internet usada por Ronny Rodríguez y William Pittí para realizar las escuchas telefónicas se instaló en la administración de Alejandro Garuz.

En su análisis, la Sala Penal de la Corte también consideró que “carecen de sentido” los alegatos de la defensa de Garuz al afirmar que su cliente “desconocía el uso de esa red”, pues se trataba de oficios que hacía personal que estaba bajo su mando y debía solicitar información sobre los hechos.

La sentencia también menciona que durante la investigación, en el teléfono de Garuz y en una memoria portátil, se encontraron archivos con información personal de ciudadanos, sin ningún tipo de justificación legal.

Ronny Rodríguez y William Pittí se encuentran prófugos de la justicia, ya que nunca comparecieron al proceso.

La investigación se inició el 29 de julio del 2014, cuando una persona acudió a la Fiscalía Auxiliar para poner en conocimiento de que en el CSN ubicado en Quarry Hights, corregimiento de Ancón, había un equipo que había sido utilizado para interceptar teléfonos de manera clandestina a más de 150 personas, entre ellas miembros de partidos políticos, del Tribunal Electoral, dirigentes sindicales, periodistas y de la Corte Suprema de Justicia, entre otros.


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