PROCESO

Suspenden indagatoria del exdiputado Jorge Alberto Rosas en el caso Odebrecht

Suspenden indagatoria del exdiputado Jorge Alberto Rosas en el caso Odebrecht
Juan Carlos Guerra. Román Dibulet

El exdiputado panameñista Jorge Alberto Rosas no se presentó este 18 de febrero ante la Fiscalía Especial Anticorrupción. Para este martes se tenía previsto que el exdiputado fuera indagado por el caso de las coimas de Odebrecht.

Sin embargo, el abogado Juan Carlos Guerra explicó que se presentó ante el juzgado duodécimo un incidente de controversia o recurso de nulidad contra algunas de las actuaciones de esta fiscalía, por lo que el proceso de indagatoria no se llevaría a cabo.

Negó que su cliente quiera eludir las acciones legales y dijo que en este caso no solo se estaría violando el debido proceso y las garantías de su representado, sino que estas acciones podrían acarrear en una posible nulidad del caso.

Considera que hay acciones legales que están por concretarse, entre ellos un amparo de garantías promovido por la propia Fiscalía Especial Anticorrupción, que lidera Zuleyka Moore, ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia. Además, según Guerra, en el expediente hay algunos elementos que ya prescribieron. Insiste en que el tiempo para investigar el caso ya terminó en 2019.

Rosas, a través de su firma de abogados, gestionó más de $2 millones a la Constructora Internacional del Sur, S.A., una de las empresas usadas por Odebrecht para pagar sobornos en distintos países, según las pesquisas.

El pasado 6 de enero el Primer Tribunal Superior de Justicia -conformado por los magistrados Olga Rujano (ponente), Lilianne Ducruet y Miguel Espino- concedió el amparo de garantías constitucionales que presentó la fiscal Zuleyka Moore, a fin de que se revocara la decisión del juez penal Óscar Carrasquilla, que le negó la prórroga. Según el Tribunal, la “investigación preparatoria” en el caso Odebrecht puede ser extendida hasta por 5 meses y 8 días, ya que del último año de prórroga concedido a la fiscalía (contados a partir del 25 de abril de 2018), únicamente han transcurrido seis meses y 22 días (que deben computarse del 25 de agosto de 2018 al 19 de marzo de 2019).

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