ASAMBLEA NACIONAL

Atajan ‘gol’ a Ayú Prado

Atajan ‘gol’ a Ayú Prado
Atajan ‘gol’ a Ayú Prado

Tras detectar un posible “gol” o “camarón”, el pleno legislativo congeló la discusión en segundo debate del proyecto de ley 245, presentado ante la Asamblea Nacional por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, José Ayú Prado, con miras a disminuir el hacinamiento en las cárceles.

Fuentes legislativas explicaron que dos de los artículos contenidos en el proyecto de ley 245 llamaron la atención de los diputados, porque al parecer violan la Constitución al crear dos nuevas figuras en lo más alto del Órgano Judicial: el magistrado suplente especial y el magistrado penal auxiliar, que serían nombrados por el propio Órgano Judicial sin pasar por la ratificación de la Asamblea Nacional.

El artículo 1 del proyecto –presentado por Ayú Prado el 21 de septiembre pasado– modificaría el artículo 77 del Código Judicial de la siguiente forma: “En los impedimentos y recusaciones de un magistrado, lo reemplazará el suplente respectivo. En caso de impedimento del suplente, lo reemplazará otro suplente de la misma sala. Solo cuando todos los suplentes de la misma sala se encuentren impedidos, conocerá un suplente especial escogido por el pleno de la sala, según sea el caso”.

Además, el artículo 31 del proyecto agregaría el artículo 524-A al Código Procesal Penal y crearía “la figura de los magistrados penales auxiliares; cuyos derechos y obligaciones serán iguales a los de los de un magistrado del Tribunal Superior”.

Según la propuesta, “el magistrado penal auxiliar conocerá en primera instancia de los procesos de extradición que se presenten ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Le corresponderá, además, suplir a los magistrados titulares en cualquier ausencia que no haya permitido habilitar a los suplentes en los casos del sistema penal acusatorio que se realizan ante la Sala Penal”.

En su sustentación de motivos, Ayú Prado explicó que con el proyecto “se procura evitar la posposición de audiencias de extradición, que actualmente exige la presencia de los tres magistrados de la sala en cada acto oral por un magistrado penal auxiliar...”.

De acuerdo con observaciones legales del Legislativo, ambos artículos violan, entre otros, el artículo 203 de la Constitución, que limita el número de suplentes a uno por magistrado y exige que su nombramiento sea sometido a idéntico procedimiento y período que el principal.La diputada independiente Ana Matilde Gómez fue quien advirtió la inconstitucionalidad del proyecto 245 durante su segundo debate en el pleno legislativo, la semana pasada.

Gómez explicó que frente a las anomalías detectadas, el proyecto sería sometido a consultas con la Procuraduría de la Administración y otras instancias antes de su aprobación.

El diputado perredista Iván Picota dijo que “es un gol” nombrar a magistrados y a sus suplentes en la Corte sin pasar por el Ejecutivo ni la Asamblea Nacional. “Un magistrado que se vaya a nombrar debe ser siguiendo las leyes y la Constitución”, sostuvo.

En el proyecto 245, de 43 artículos, también se introdujeron reformas al Código Judicial, Código Penal y Código Procesal Penal, y se dictan normas sobre extradición, hacinamiento en centros penitenciarios y casación penal.

Este medio envió un correo al magistrado Ayú Prado para conocer su opinión sobre las críticas al proyecto 245, pero no respondió.

Proyecto de ley violaría la ‘Constitución

En el proyecto de ley 245 se pretende, en su artículo 1, establecer una nueva categoría de magistrado suplente “especial”, únicamente aplicable a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, y que sería designado cuando todos los magistrados principales y suplentes se declararan impedidos para conocer una causa.

El pleno de la Corte o la Sala Penal designarían a este suplente especial, quien conocería la causa. Esta categoría de magistrado suplente viola la Constitución, porque no es la Corte Suprema de Justicia el órgano encargado de nombrar a los magistrados suplentes.

Además, en el proyecto se estipula una nueva categoría de magistrado de la Corte, denominado magistrado penal auxiliar. Llama poderosamente la atención que la iniciativa de la Corte establece que la Sala Penal nominaría esta nueva figura de magistrados para que el pleno lo apruebe. Esta propuesta también violaría la Constitución. Los principales buscan una fórmula para tener suplentes ad hoc, a los que puedan controlar y disponer con total libertad. Eso no lo permite la Constitución.


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