A continuación se reproduce la misiva que envió la Alianza Ciudadana Pro Justicia al magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Harry Díaz.
Panamá, 13 de junio de 2014
Magistrado Harry Díaz
Corte Suprema de Justicia
E.S.D.
Magistrado Díaz:
El día 5 de junio de 2014 recibimos en las oficinas de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, una boleta de citación dirigida a la licenciada Magaly Castillo, directora de nuestra organización, expedida por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia dentro del proceso disciplinario que se sigue a los magistrados Secundino Mendieta y Wilfredo Saenz.
Para nosotros es muy preocupante el precedente que se deja con la emisión de esta boleta de citación, ya que en los más de 12 años de nuestra organización hemos enviado cientos de notas solicitando que investiguen hechos de corrupción o conductas violatorias a la ley en varias instituciones del Estado y es la primera vez que algún miembro de la Alianza es citado de esta manera.
Nos preocupa sobre todo porque esto puede enviar un mensaje equivocado a los ciudadanos y desalentar la participación ciudadana en la lucha contra la corrupción y en ejercer su derecho de petición.
Es importante dejar plasmado que nuestra nota enviada el 21 de marzo no es una denuncia, sino una petición ciudadana para que se investiguen los señalamientos públicos que hizo un juez de la República que hacen referencia a posibles actos de corrupción judicial y cuya denuncia fue presentada formalmente en la Asamblea de Diputados el día 28 de marzo del 2014.
Nosotros hemos decidido acudir a esta citación para ratificarnos de nuestra “petición ciudadana” de que estas graves denuncias que hizo un juez de la República se investiguen.
Debemos señalar que no creemos que este caso deba ser atendida como una falta disciplinaria, sino como una falta a la ética judicial y además debe hacerse compulsa de copia a la Procuradora General de la Nación para su investigación por posibles delitos contra la administración pública.
La actuación señalada por el exjuez Ballesteros es una falta a la ética judicial contemplada en el artículo 447 del Código Judicial:
“Artículo 447: Todos los funcionarios y empleados del Órgano Judicial y los del Ministerio Público, cada uno según la naturaleza de las funciones de que esté investido, están obligados a observar y cumplir las siguientes reglas de ética judicial, sin perjuicio de las demás que resulten de disposiciones expresas de este Código:
1.A respetar y acatar la Constitución y las leyes de la República y mantenerlas en su plena integridad, sin que ningún temor los desvíe de la obligación de cumplir las garantías fundamentales y los derechos de los ciudadanos; …………”
Este artículo tiene concordancia con lo establecido en el artículo 2 del Código Judicial Artículo 2. Los magistrados y jueces son independientes en el ejercicio de sus funciones y no están sometidos más que a la Constitución y a la ley.
Los inferiores están obligados a acatar y cumplir las decisiones que en los procesos dicten sus superiores jerárquicos al revocar o reformar, en virtud de recursos legales o de consultas, las resoluciones emitidas por aquellos.
Somos del criterio que los magistrados de la Corte Suprema deben solicitar copia a los medios escritos de las entrevistas realizadas al ex juez de la República y solicitar al canal de televisión Telemetro copia de las dos entrevistas que dio el juez y que fueron divulgadas en el noticiero matutino. Igualmente debería solicitarse a la Asamblea Nacional de Diputados una copia autenticada de la denuncia que presentó el juez y que ha sido archivada por falta de prueba sumaria que vincule a los magistrados de la Corte Suprema.
En esta denuncia se dejan plasmados claramente los señalamientos y el relato que hace el juez sobre actos contrarios a la Ley en los que presuntamente participaron dos Magistrados del Segundo Tribunal Superior.
Consideramos que son varios los procesos que deben adelantarse: en la Corte Suprema de Justicia el proceso por faltas a la ética contra dos magistrados del Segundo Tribunal, en la Asamblea Nacional de Diputados se deben atender las denuncias por la comisión de delitos de tráfico de influencias y abuso de autoridad contra magistrados de la Corte Suprema de Justicia y en la Procuraduría General de la Nación por los posibles delitos cometidos por magistrados del Segundo Tribunal Superior.
Esperamos que todos estos procesos puedan desarrollarse en el marco del Sistema Penal Acusatorio y que se determine si hubo o no faltas o delitos cometidos contra la administración de justicia. Si no se investiga y persigue la corrupción en el Órgano Judicial la sociedad pierde la esperanza que se investigue la corrupción en el resto de las instituciones públicas.
Sin otro particular,
Licdo. Carlos Lee
Presidente
