Tribunal Supremo de Venezuela, en el exilio, declara nulo el sistema automatizado de votación

Los magistrados designados por la Asamblea Nacional en julio de 2017, sesionando en Estados Unidos, ordenaron a la autoridad electoral diseñar e implementar un sistema 'fundamentalmente manual' con preeminencia del voto físico o papeleta electoral.

Tribunal Supremo de Venezuela, en el exilio, declara nulo el sistema automatizado de votación
El presidente Nicolás Maduro obtuvo el 68% de los votos emitidos en las elecciones anticipadas.

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en el exilio, a través de su Sala Electoral, emitió este miércoles 13 de junio una sentencia en la que declara "nulo", a partir de la fecha, el "uso del sistema automatizado de votación y escrutinio" para la elección de los cargos de representación popular, el mismo con el que el pasado 20 de mayo se desarrollaron los comicios generales en los que se declaró como ganador al presidente Nicolás Maduro

+info

María Corina Machado: postura de la OEA marca un hito en la presión internacional

De acuerdo con el fallo, "la ejecución de los procesos electorales en Venezuela bajo procedimientos electrónicos o automatizados, limitan el principio de publicidad del acto electoral y con ello se minimiza la verdadera participación ciudadana, el control de los electores y el de las organizaciones políticas durante las fases del proceso, atentándose en contra de los principios que orientan el proceso electoral venezolano y que puedan garantizar unas elecciones auténticas, en resguardo de la necesaria confianza pública que debe tener el acto electoral como mecanismo de participación democrática". 

En consecuencia, añade el documento, "se declara que la automatización del voto y del escrutinio en los términos en que se ha venido ejecutando a partir del proceso de referéndum presidencial celebrado el 15 de agosto de 2004, con la contratación de la proveedora de la tecnología electoral Smartmatic y la adquisición de la máquinas de votación modelo SAES (Smartmatic Auditable Election Systems), el Sistema de Autenticación Integral (SAI), que permite al elector activar la máquina con la impresión de su huella dactilar, son violatorias al derecho constitucional de elecciones auténticas"

13/6 Sala Electoral declara NULO e INAPLICABLE el uso del SISTEMA AUTOMATIZADO DE VOTACIÓN Y ESCRUTINIO para elegir a los representantes de los poderes públicos.https://t.co/4PXmyBloDR

La decisión de la alta corte responde a un recurso interpuesto en febrero de 2018 por la abogada Adriana Vigilanza García, quien solicitó que se declarara nulo todo el sistema electoral empleado en la República, especialmente en todo lo relativo al empleo del voto electrónico y lo que calificó como la imposibilidad real de un Registro Electoral auditado. También solicitó la ciudadana que se establecieran las responsabilidades de los rectores del organismo electoral, por presunta usurpación de funciones, fraude, violencia y cohecho sobre los electores y en la conformación del Registro Electoral. 

Smartmatic hizo noticia en agosto de 2017 -para la elección de los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente impuesta por el gobierno- cuando su director ejecutivo, Antonio Mugica, desde su sede en Londres, leyó un comunicado en el que denunció que la data de participación había sido manipulada

"Smartmatic tiene los elementos suficientes para afirmar que los datos anunciados por el CNE [Consejo Nacional Electoral] no son los que arrojó el sistema (...). La diferencia entre la cantidad anunciada y la que indica el sistema es de al menos un millón de electores", señaló ese día. 

La presidenta del CNE, Tibisay Lucena, reaccionó casi nueve horas después. Calificó como irresponsable y sin fundamento la aseveración; aseguró que la empresa participó en todas las auditorías, que colocó su clave para el cifrado de los archivos y la protección de las aplicaciones que se desplegaron en todo el proceso, el cual, añadió, incluía la certificación del software de la máquina y del sistema de totalización. 

Otros elementos de la sentencia

La sentencia declaro también la inconsistencia del Registro Nacional Electoral, por lo cual ordenó al CNE que antes de la realización de cualquier proceso electoral inicie un proceso de depuración y actualización que incluya la verificación de las actas de nacimiento, actualización de los datos de residencia y exclusión de los fallecidos e inhabilitados por procesos judiciales. Ese proceso, señala la Sala, deberá incorporar a los partidos políticos, las universidades, grupos de electores y a la Academia de Ciencias Políticas y Sociales. 

Se exhorta a la Asamblea Nacional a que inicie el proceso de selección y designación de nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral, garantizando árbitros idóneos e imparciales, no vinculados a organizaciones con fines políticos, que puedan generar la imparcialidad, transparencia y eficacia en la organización, administración, dirección y supervisión de los próximos procesos electorales.


Extracto de la sentencia

También se dispuso que el organismo electoral, "con la participación obligatoria de [...], diseñe e implemente un sistema de votación y escrutinio fundamentalmente manual, con preeminencia del voto físico o papeleta electoral, en donde el uso de la tecnología e informática sea auxiliar y solo en beneficio de la celeridad, publicidad, transparencia y eficiencia del voto, escrutinio y totalización, con el objetivo de recuperar la confianza pública de los ciudadanos en el sufragio, como la forma legítima de participación democrática"

La sentencia se conoce el mismo día en que la autoridad electoral anunció que había concluido el proceso de auditoría postelectoral de huellas de electoras y electores de las elecciones del pasado 20 de mayo. A través de un comunicado publicado en su sitio web, el CNE informó que "se procedió a la certificación, en fase postelectoral, de la muestra contentiva de la información biométrica de los votantes que participaron en las elecciones 2018".

"Como en las fases previas de esta revisión, se procedió a descongelar la base de datos para verificar el hash generado, y se constató que la data no sufrió modificaciones. También se revisó el resultado del proceso de control de duplicados de los casos pendientes de observación (no match, zona gris y sin registro previo), y se verificó que el proceso arrojó cuatro coincidencias que fueron despejadas y posteriormente certificadas por los especialistas técnicos tanto de las organizaciones con fines políticos, como del CNE, así como los auditores y los dactiloscopistas", concluye la nota. 

El CNE, afecto al régimen, que dirige Tibisay Lucena, no se ha pronunciado sobre la sentencia del TSJ en el exilio, el cual es desconocido por el Gobierno venezolano.

Este martes, 12 de junio, la Junta Nacional Electoral propuso el calendario electoral para escoger a los representantes nominales y listas a los concejos municipales de las 335 circunscripciones, comicios que propuso efectuar en diciembre de 2018.

 

Grupo de observadores da fe de la robustez del sistema electoral

El informe del Consejo de Expertos Electorales del Latinoamérica que efectuó una labor de acompañamiento de las elecciones venezolanas del 20 de mayo de 2018, en las que se declaró como ganador de la presidencia a Nicolás Maduro para el período 2019-2025, destacó la permanente incorporación de la tecnología al sistema electoral. 

Asimismo, concluye el reporte que el proceso cumplió con todos los estándares internacionales y las leyes vigentes, y que sus resultados reflejaron la voluntad de los electores.

Con respecto al sistema automatizado el informe destaca que:

  • El voto no es vulnerable. El sistema genera aleatoriamente algoritmos que no permiten ver la traza del electoral resguardado en la urna electrónica
  • Versatilidad del sistema.
  • Sistema de contingencia de las máquinas de votación y de la urna electrónica (memoria removible).
  • Escrutinio de Resultados: cada máquina de votación genera el acta de escrutinio al finalizar el acto de votación; una vez impresa, se conecta al medio de transmisión dispuesto para tal fin, cuyos datos son transmitidos al Centro Nacional de Totalización.
  • Transmisión de Resultados a través de una red encriptada, segura y confiable, que contempla contingencias de transmisión en cuanto posee diversos medios de transmisión.

Lea todo el informe aquí.


Última Hora

  • 05:13 Mundial 2026: Argelia remonta frente a Jordania Leer más
  • 05:05 La punta del iceberg: el escándalo de los títulos falsos le habría costado $100 millones al Estado  Leer más
  • 05:03 ¿Se está quedando Azuero sin niños? Cae la natalidad en Los Santos y Herrera Leer más
  • 05:03 Rehabilitación de la carretera Portobelo–Cuango en Colón podría costar unos $20 millones Leer más
  • 05:02 El corazón también se enferma por lo que no comemos Leer más
  • 05:02 Panamá se juega la vida ante Croacia con la baja de Adalberto Carrasquilla Leer más
  • 05:02 Panamá debe garantizar el buen clima de inversión para seguir creciendo  Leer más
  • 05:01 Meduca suspende jornada vespertina y nocturna por partido de la selección  Leer más
  • 05:01 Tal cual Leer más
  • 05:01 Minsa advierte sanciones y destitución por salir antes de finalizar la jornada laboral Leer más