Tribunal boliviano elimina requisito en abortos en casos de violación

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) informó hoy que se eliminó la orden judicial para efectuar el aborto en Bolivia en casos de delitos como violación, pero ratificó su respeto a la vida desde la concepción que implica el rechazo

LA PAZ, BOLIVIA. XINHUA ---El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) informó hoy que se eliminó la orden judicial para efectuar el aborto en Bolivia en casos de delitos como violación, pero ratificó su respeto a la vida desde la concepción que implica el rechazo a la despenalización de la interrupción libre del embarazo.

El presidente del TCP, Rudy Flores, explicó que para la práctica de abortos en casos de delitos como violaciones se realizará con la sola presentación de la denuncia ante la autoridad competente. "Esto a efectos de que el médico tenga el respaldo para que su conducta no sea considerada como un proceso de aborto clandestino, sino un proceso de aborto legalmente permitido", precisó el presidente del TCP en conferencia de prensa.

El artículo 266 del Código Penal Boliviano permite el aborto desde 1973 para salvar la vida de la madre, para preservar la salud física o cuando el embarazo es fruto de violación, incesto, estupro o rapto no seguido de matrimonio.

El aborto en esos casos debe ser autorizado por un juez y practicado por un médico con licencia.

La sentencia constitucional aprobada el pasado 5 de febrero y difundida este viernes en Sucre, capital de Bolivia y sede del el Tribunal Constitucional Plurinacional, elimina la exigencia de una orden judicial para la práctica del aborto legal, además de rechazar la despenalización del aborto y reafirmar el respeto a la vida desde la concepción.

Autoridades del TCP leyeron un resumen del documento este viernes en conferencia de prensa y explicaron que tomaron esta decisión con apego a la Constitución Política del Estado (CPE), a los tratados internacionales y a la cosmovisión andina. El presidente del tribunal Rudy Flores dijo que en la discusión y emisión del fallo participaron siete magistrados, cuatro de los cuales aprobaron el contenido del mismo, mientras que tres votaron en contra.

En cuanto a las disidencias, el presidente del TCP explicó que una de ellas planteaba la despenalización total del aborto, otra sugería la protección del feto durante los dos primeros meses de vida, y una tercera deslindaba la responsabilidad del órgano constitucional en su tratamiento para derivar esa atribución a la Asamblea Legislativa. "Esta sentencia exhorta a la Asamblea a la adopción de medidas para una lucha permanente y efectiva contra un aborto clandestino, se deben implementar políticas públicas para que el aborto clandestino sea eliminado de nuestra realidad", acotó.

El presidente del TCP ratificó que emitieron una sentencia que está en el marco de la Constitución Política del Estado y que observa los tratados internacionales y de protección a la mujer. "No existe incompatibilidad entre la aplicación del derecho a la vida y los derechos de la mujer", enfatizó.

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