Actualmente, los contribuyentes sujetos al régimen fiscal de precios de transferencia tienen las siguientes obligaciones: declarar sus operaciones con partes relacionadas a residentes en el exterior en la declaración jurada de renta; presentar el informe de precios de transferencia (formulario N°930); presentar el estudio de precios de transferencia y contar con la información y documentación relativa al grupo empresarial al que pertenece.
¿Qué perspectivas se esperan en relación al régimen de precios de transferencia en el país?Para ello debemos evaluar los compromisos de la República de Panamá como miembro asociado al denominado marco inclusivo del proyecto de la lucha contra la erosión de la base imponible (BEPS en sus siglas en inglés) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, y dentro de tales compromisos se prevé la implementación del informe país por país, correspondiente a la acción 13, “la documentación sobre precios de transferencia e informe país por país”.
Ante ese escenario, se sugiere que también se tome en consideración las recomendaciones de adoptar el archivo local y el archivo maestro conforme al estandar BEPS.
La adopción de las recomendaciones de documentación de precios de transferencia conforme al estándar BEPS, le permitirá a la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas mejorar su matriz de evaluación de riesgo de precios de transferencia. Y a los contribuyentes les permitirá probar de manera eficaz su política de precios de transferencia ante la administración tributaria.
La comunidad tributaria está a la expectativa de conocer el grado de implementación de la documentación de precios de transferencia conforme al estándar BEPS, en especial cuáles serían los plazos de entregas de dichas obligaciones, así como las sanciones por la omisión o negligencia de las mismas.
El autor es administrador de empresas con un doctorado en Derecho Université Paris Dauphine
