A partir del 1 de octubre de este año, los venezolanos deberán cumplir con nuevas políticas migratorias de Panamá. Ya no les será viable tomar un avión y visitar Panamá, a menos que mantengan residencia permanente o provisional en el país, o que posean en su pasaporte visa debidamente expedida por Estados Unidos de América, Australia, Canadá o el Reino Unido, que la haya utilizado por lo menos una vez para ingresar al Estado otorgante y que tenga como mínimo un año de vigencia antes de entrar a nuestro territorio.
¿De qué trata el nuevo Decreto Ejecutivo 473 de 2017? Es el nuevo instrumento jurídico que incluye a Venezuela dentro de los países cuyos nacionales requieren visas estampadas para ingresar a Panamá por espacio de 30 días, y esta se tramita en el consulado panameño en Caracas y podrá tener vigencia de hasta de tres años, según el criterio de los funcionarios consulares.
El nuevo decreto ejecutivo no derogó ni modificóper se el Decreto 269 de marzo de 2017, que establecía 90 días como período de estadía a los venezolanos en Panamá. Lo más seguro es que no será aplicable cuando entre en vigencia el nuevo Decreto 473 para quienes entren al país a partir de ese momento, pero sí para quienes hayan ingresado a Panamá antes de octubre.
La visa estampada tendrá entre sus requisitos mínimos los que dicta el artículo 17 del Decreto 320-2008: pasaporte con un mínimo de 3 meses de vigencia, fotos tipo carné, solvencia económica comprobada de al menos 500 balboas, documento de identidad venezolana, reserva de vuelo comprobada con itinerario o tiquete electrónico, carta de invitación del residente permanente o provisional y reserva en un hotel de Panamá si procede.
Esta nueva modalidad de visa, que es exigible incluso a los venezolanos con doble nacionalidad, tiene una particularidad, y es que el venezolano podrá quedarse en Panamá solo un mes, y al tener entradas y salidas múltiples estará entrando y saliendo permanentemente hasta su vencimiento, por lo cual no generará multa, mientras el turista con visado no se pase del tiempo permitido en el país.
Sin embargo, esta visa solo otorga el derecho a visitar Panamá, mas no a trabajar, salvo que el venezolano aplique en alguna de las categorías de visa que establece la normativa migratoria dentro de los 30 días calendario a su llegada a Panamá. Sin duda, esto genera mucha confusión entre los venezolanos que ya están con estadía vencida o por vencerse en el país, pues, de tener que regresar a Venezuela por la razón que sea, ya no podrán regresar a Panamá con facilidad.
Hay quienes critican la medida como injusta. Sin embargo, se hacía imperante frenar el ingreso masivo de venezolanos por la seguridad del país y por la poca oferta laboral y exceso de demanda de trabajadores venezolanos buscando empleo.
Para nadie es un secreto que, si bien a los venezolanos se les exige visa de ingreso al país, el solo hecho de que puedan quedarse como turistas entrando y saliendo de Panamá, por el término que se expida la visa estampada sin tener que asomarse por las oficinas del Servicio de Migración Nacional, ya es ganancia para ellos, y como buenos trabajadores, buscarán cómo ganarse el pan a la sombra de cualquier normativa laboral, con el agravante de que con frecuencia, no causan impuestos al fisco.
Por lo tanto, los lamentos de algunos venezolanos no se justifican. Panamá seguirá cumpliendo con su labor humanitaria hasta que algún día cambien las condiciones políticas antidemocráticas en Venezuela. Mientras tanto, a esperar y desear que el panorama cambie en ese sufrido país hermano.
La autora es abogada migratoria