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Certeza del castigo

Mucho de cierto hay sobre lo que muchos dicen: que en Panamá no pasa nada cuando se trata de corrupción y de delitos contra el Tesoro Nacional. Mucho de ello se debe a la ausencia de un castigo verdadero y ejemplar.

Quienes han usado y abusado de sus relaciones y del poder político han saqueado al Tesoro Nacional, arropándose con el manto de la impunidad, con la complicidad del sistema. Y mientras no haya certeza y conocimiento del castigo, la corrupción seguirá intacta.

Es necesario dejar el amiguismo y el miedo a la represalia que han caracterizado al sector público, y aplicar las leyes con todo el rigor. Pero antes, hay que hacer los cambios legales necesarios para que los delitos contra el Tesoro Nacional no prescriban y para darle a la ley de Extinción de Dominio el marco necesario para su aplicación.

En el ámbito penal, se puede recurrir al artículo 288-G del Código Penal (Ventana Fiscal, 10 de marzo, La Prensa) que señala textualmente que quien con intención incurra en defraudación fiscal contra el Tesoro Nacional y afecte la correcta determinación de una obligación tributaria para dejar de pagar, en todo o en parte, los tributos correspondientes, será sancionado con prisión de dos a cuatro años. Esta pena solo será aplicable cuando el monto defraudado del tributo en un periodo fiscal sea igual o superior a $300,000.00, sin incluir multas, recargos e intereses.

Además, quien obtenga fraudulentamente una exoneración, devolución, disfrute o aprovechamiento de beneficios fiscales indebidos será sancionado con prisión de dos a cuatro años y con una multa de uno a tres veces el importe del tributo defraudado.

Los casos inferiores a $300,000.00 serán competencia de la autoridad tributaria.

En el ámbito fiscal, el artículo 284 del Código de Procedimiento Tributario, vigente desde el 14 de mayo de 2019 (Ley 401 de 2023), define la defraudación penal o evasión fiscal administrativa como las acciones o conductas de un contribuyente para no pagar o disminuir sus impuestos, violentando la ley con intención dolosa.

Cápsula fiscal – Si por un lado enfrentamos la rampante corrupción, por otro encontramos el tradicional “juego vivo” para no pagar o pagar menos impuestos dolosamente. Aun entendiendo la fobia que existe hacia los impuestos, si queremos que el Estado cumpla con la educación gratuita, seguridad y otras tantas obligaciones para el desarrollo de Panamá, debemos tener presente que sin impuestos no hay paraíso.

El autor es asesor tributario.


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