Exclusivo

Cuando los errores no se justifican

Destacada en la edición de La Prensa del pasado 13 de marzo, una nota escrita por el Instituto Smithsonian de Investigaciones Tropicales, “Panamá protege más del 54% de sus océanos con la ampliación de Banco Volcán”, aplaude de manera entusiasta la decisión del gobierno panameño de expandir el área marina protegida conocida como Banco Volcán en el mar Caribe. Esta se materializó con gran pompa publicitaria al inicio de la conferencia Our Ocean 2023, que días antes tuvo lugar en nuestra capital, mediante el acto solemne de sanción del Decreto Ejecutivo 2 de 2023 del gobierno nacional a través del Ministerio de Ambiente, promulgado por el presidente de la República en Gaceta Oficial del 7 de marzo de 2023.

Toda acción adoptada por Panamá y sus países vecinos para conservar un área marina como Banco Volcán, de amortiguamiento frente al cambio climático, la protección de ambientes marino-montañosos de aguas profundas y el resguardo de la fauna, en esa área marina, de las intervenciones humanas, recuerda dicho nstituto en su nota, es digna de aplaudir.

El principal inconveniente a tan loable objetivo, sin embargo, es que tanto Panamá como sus países vecinos tienen pendiente la tarea de fijar sus fronteras marítimas en el mar Caribe suroccidental, precisamente en el nuevo sector oeste de Banco Volcán.

Preocupa que en el Decreto Ejecutivo 2, el gobierno nacional describe coordenadas e incorpora un mapa en donde se aprecian supuestas fronteras marítimas y zonas económicas exclusivas de Costa Rica, Nicaragua y Colombia, contiguas al área marina ampliada por Panamá. Esto, a pesar de que esas fronteras nunca se han terminado de delimitar de conformidad con el derecho internacional.

Pocos años antes, en la Ley 47 de 2018 y el Decreto Ejecutivo 78 de 2019, las autoridades panameñas de entonces cometieron inaceptables equivocaciones conceptuales, geográficas y jurídicas que el Decreto Ejecutivo 2 de 2023 ha venido a complicar.

Hasta el momento, Panamá solo tiene un tratado de delimitación parcial de fronteras marítimas con Costa Rica, de 1980; otro de delimitación parcial con Colombia, de 1976 -parcial, gracias a sentencias de la Corte Internacional de Justicia en La Haya (CIJ)- y ninguno sobre la materia con Nicaragua.

En otras palabras, a la fecha, no hay autoridad que pueda definir los límites legalmente constituidos del área marina de Banco Volcán en lo que corresponde al mar Caribe suroccidental.

Desde 2001, cuando la CIJ empezó a conocer el primer caso relacionado de fronteras marítimas en el Caribe, cinco gobiernos y 12 ministros de Relaciones Exteriores panameños se han mantenido inmutables ante las profundas modificaciones limítrofes generadas por las sentencias de fondo de la CIJ en los casos Disputa Territorial y Marítima (Nicaragua vs. Colombia) y Delimitación Marítima en el mar Caribe y el océano Pacífico (Costa Rica vs. Nicaragua), de 2012 y 2018, respectivamente.

En estas sentencias, dictadas en casos en los cuales Panamá, sin motivo aparente, se rehusó a intervenir como Estado parte, la CIJ decidió que ciertos sectores marítimos en el Caribe suroccidental que nuestro país erradamente había considerado, en los tratados de 1976 y 1980, como de Colombia, no eran colombianos. De ambas se desprende que Panamá no podía atribuirle a Colombia, como parece hacerlo ahora a Costa Rica y Nicaragua, fronteras en sectores que no le son propios a esos países.

Para efectos de fronteras marítimas comunes, es irrelevante que gobiernos panameños hayan preferido mantenerse ajenos a esos casos. Si de acuerdo con la CIJ, las aguas al noroeste de nuestras costas en el mar Caribe no eran de Colombia, resulta imposible la existencia allí de una frontera marítima colombo-panameña como la pactada en el tratado de 1976. Así también resulta insostenible, tras las sentencias de la CIJ, el pretendido nacimiento automático de fronteras marítimas de Panamá con Costa Rica y Nicaragua, siguiendo la delimitación de ese tratado, desconocida por la CIJ.

Durante más de dos largas décadas de inercia ante cambios jurídicos en las fronteras marítimas en el mar Caribe, a las autoridades panameñas no les queda justificación alguna para continuar indolentes, ignorantes y a espaldas de las normas vigentes de derecho internacional.

Panamá debe completar sus fronteras marítimas caribeñas con Colombia y Costa Rica, y demarcar asimismo todas con un nuevo vecino marítimo desde 2012 -Nicaragua-, negociando tratados bilaterales. O proceder igual que sus vecinos y acudir ante la CIJ para obtener una sentencia definitiva sobre estas fronteras.

Pero debe actuar pronto y con seriedad, porque muchos de los participantes de Our Ocean2023, más atentos al derecho internacional que el propio gobierno panameño, estarán observando los errores del Decreto Ejecutivo 2 y su deficiente mapa de Banco Volcán, un área marina protegida sin fronteras internacionales legalmente definidas.

El autor es abogado y doctor en derecho internacional


Última Hora

  • 22:32 Brasil sucumbe ante Haaland y se despide en octavos Leer más
  • 21:51 Cómo la lengua hizo posible que los animales salieran del mar y vivieran en la tierra Leer más
  • 21:28 Suben a 3,342 los fallecidos y a 16,740 los heridos por los terremotos en Venezuela Leer más
  • 21:22 ¿Presiones de Trump? La FIFA suspende la sanción por tarjeta roja a Balogun y podrá jugar contra Bélgica Leer más
  • 20:39 Misión cumplida: rescatistas panameños regresan al país tras labores en Venezuela por los terremotos Leer más
  • 20:30 Sorteo del 5 de julio de 2026 Leer más
  • 19:32 Del Toro triunfa en Montjuic y Vingegaard mantiene el liderato en el Tour Leer más
  • 19:28 José Caballero, el guerrero de los Yankees de New York Leer más
  • 18:48 Más de 800 personas están en albergues por las lluvias en Panamá que dejan un fallecido Leer más
  • 18:37 Fiscalía de Cuentas busca más poder para investigar posibles lesiones al Estado Leer más