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Decir no a la minería metálica a cielo abierto es la mejor decisión

En los últimos días ha sido ampliamente difundida información relacionada con la negociación entre el gobierno de Panamá y Minera Panamá, filial de la canadiense First Quantum Minerals Ltd. A pesar que la Ley 9 del 25 de febrero de 1997 fue declarada inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia en 2017, el gobierno se apresta a darle cumplimiento al fallo frente a una minera que ha operado en desacato y lucrando sin contrato durante estos años e inicia dos arbitrajes internacionales contra Panamá.

El desarrollo económico es la carta del gobierno para justificar la continuidad a largo plazo de la mina, relegando a un plano menos importante las graves afectaciones socio ambientales de esta actividad, no apta para nuestro clima y que arrasa con parte del Corredor Biológico Mesoamericano, impactando con sus químicos tres importantes cuencas hidrográficas: río Petaquilla, río Caimito y río San Juan; dañando el ambiente y en consecuencia, a los seres humanos. El Salvador, Honduras, Costa Rica y otros países han prohibido la minería metálica en sus territorios.

El Salvador se adjudicó en octubre de 2016 una victoria legal contra la compañía canadiense Oceana Gold. La empresa había solicitado al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) del Banco Mundial, que ordenara a El Salvador pagar $250 millones por la pérdida de ganancias potenciales cuando la nación no otorgó una licencia para la extracción de oro en la zona de El Dorado, en San Isidro Cabañas. No obstante, fue Oceana Gold quien debió pagarle $8 millones al Estado por los costos del litigio.

Otro ejemplo, la compañía canadiense Infinito Gold Ltd. reclamó un arbitraje por $400 millones, ante el Ciadi, por el cierre de la mina Crucitas en Costa Rica, para la explotación a cielo abierto. El litigio se sustentó en el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de Canadá para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones. En 2021, el tribunal arbitral exoneró a Costa Rica y lo libró de indemnizar a la minera por presuntos daños comerciales y concluyó que es legítimo que el país se declarara libre de minería metálica a cielo abierto como un objetivo soberano para proteger el medio ambiente, por lo que no se le negó al inversionista su derecho a la defensa y tampoco demostró el daño que alegaba.

Recientemente, Infinito Gold Ltd. apeló, pero en un acto de valentía y patriotismo el presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves, señaló: “Costa Rica se va a defender, somos un pueblo soberano, con justa causa y valiente”.

Sigamos el ejemplo de estas naciones hermanas. Es un contrasentido decir que somos un país que supuestamente promueve el turismo, la conservación y la investigación, como pilares de desarrollo socioeconómico, productividad y competitividad, pero está abierto a las transnacionales mineras sin importar el método y las consecuencias.

La autora es abogada ambiental


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