Recordemos que el Estado es el responsable de garantizar el cumplimiento de los derechos humanos, es decir, es quien tiene la obligación de crear las políticas públicas, mecanismos, planes y programas para promover los derechos humanos y para hacerle frente a las conductas violatorias.
La desaparición de mujeres constituye otra forma más de violencia de género, estos hechos tienen fundamento en las relaciones desiguales de poder, en donde las mujeres siguen siendo vulnerables ante la violencia, discriminación y exclusión, vistas como objeto o mercancía, así las vemos a menudo en las portadas y contraportadas de los tabloides, los mismos que en ocasiones justifican con sus títulos el machismo y la misoginia; es un tema estructural, social y que urge cambiar.
En estas últimas semanas ha salido a la luz pública un número significativo de denuncias de mujeres desaparecidas, la gran mayoría de ellas son de niñas y de jóvenes de distintos sectores del país, lo que ha traído un fuerte cuestionamiento de la opinión pública y de la comunidad, ante la falta de reacción por parte de las instituciones que deben o están llamadas a vigilar, garantizar, promover y sancionar la violación de los derechos humanos. Más bien, el Estado a través de sus instituciones llamadas a proteger los derechos humanos y a servir a la población, justifican estas desapariciones, argumentando entre otras cosas, que las mujeres se van de sus familias con su pareja o con el novio.
Puede que en algunos casos la mujer se vaya de su casa o abandone a su familia para irse con su novio, es una posibilidad que no vamos a refutar, inclusive sería hasta un alivio de cierta forma que la razón siempre fuera que se vaya con el novio, pero el tema es mucho más profundo, el Estado no puede justificar un hecho tan complejo, porque si analizamos el contexto de este argumento, el abandonar a la familia, huir de su entorno, siempre tiene una razón social en negativo, puede ser por violencia doméstica, abuso sexual, problemas de droga o situaciones de salud mental con familiares, pues, nadie que se sienta cómoda o querida en su seno familiar, huye de éste.
El hecho de minimizar lo grave de la situación manifestando que las desapariciones solo tienen un componente “sentimental”, cuando es una violación a los derechos humanos, es desacreditar las graves violaciones que se dan en contra de las mujeres en los contextos tanto público como privado, olvidando los hallazgos fatales que se han dado en el pasado luego de alertar la desaparición de mujeres, provocando que las familias que son impactadas por un hecho como éste dentro del seno familiar, no recurran inmediatamente al estamento que tiene la obligación de activar todas las alertas, incluyendo las internacionales, para iniciar una búsqueda a tiempo y procurar dar con el paradero de esa persona. De cierta forma rechazan ese primer cuestionamiento, principalmente dirigido a las relaciones de pareja, dejando a un lado la debida aplicación de los protocolos internacionales que en casos de desaparición de personas están ya reconocidos por los Estados y son de obligatorio cumplimiento.
La Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas, es Ley de la República de Panamá, desde el 28 de junio de 1995 y establece el compromiso de cero tolerancia a la desaparición forzada de personas, cooperar para contribuir a prevenir estos actos, así como tomar todas las medidas necesarias para su sanción, como un delito de extrema gravedad, con el objetivo de mantener un régimen de libertad individual y de justicia social, en donde las personas sean parte del goce de estos derechos, por lo que es injusto que ante la incertidumbre de los casos de desaparición de mujeres, se promueva el miedo y se extremen las medidas de seguridad limitando sobre todo a las mujeres en un contexto de desigualdad, el poder transitar solas en un país en donde se deben respetar los derechos humanos, la libertad y la democracia. Ni una menos.
La autora es abogada y defensora de Derechos Humanos

