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El ADN de la justicia: por qué la autonomía de los servicios periciales no es permutable

El ADN de la justicia: por qué la autonomía de los servicios periciales no es permutable
Sede del Imelcf

En el complejo andamiaje de la administración de justicia, la prueba pericial se ha convertido en el faro que ilumina la verdad procesal. Sin embargo, para que esa luz sea nítida y no proyecte sombras de duda, existe un requisito fundamental que trasciende la tecnología y el conocimiento científico: la independencia plena de los servicios periciales.

El mandato de la Corte Interamericana y la igualdad de armas

La jurisprudencia internacional ha sido categórica. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en fallos emblemáticos como el caso Digna Ochoa y familiares vs. México, ha subrayado que la falta de autonomía e independencia —técnica, científica y administrativa— de los peritos respecto de los órganos de investigación (Ministerio Público y policía) vicia la objetividad del proceso. La Corte IDH ha ordenado impulsar reformas legales que doten a los servicios periciales de la condición de órganos especializados e imparciales, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que gocen de plena autonomía técnica y de gestión, así como de la capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna.

En un sistema democrático debe imperar el principio de igualdad de armas. La ciencia pericial forense no debe trabajar exclusivamente “para el caso de la fiscalía”, sino para alcanzar la verdad procesal. Si el ente encargado de investigar y acusar es el mismo que administra y presupuesta a los científicos expertos, se configura un riesgo estructural de sesgo que debilita el derecho de defensa.

Normativa desfasada frente al Sistema Penal Acusatorio

En Panamá, el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Imelcf) se rige por la Ley 50 de 2006, modificada por la Ley 69 de 2007. Aunque fueron valiosas en su momento, hoy estas normas resultan anacrónicas y desfasadas frente a la realidad del Sistema Penal Acusatorio (SPA).

Bajo el SPA, el perito ya no es un auxiliar de una de las partes, sino un testigo experto que debe someterse al interrogatorio y contrainterrogatorio en juicio oral. Mantener al IMELCF adscrito al Ministerio Público genera una contradicción estructural: el perito debe actuar con imparcialidad, pero sus funciones y recursos dependen de una de las partes en litigio.

Autonomía para democratizar la prueba

Uno de los mayores beneficios de la autonomía e independencia de los servicios periciales estatales sería la democratización del acceso a la prueba científica. Actualmente, la defensa —tanto pública como privada— enfrenta barreras burocráticas y de percepción para acceder a los servicios periciales oficiales en condiciones equivalentes a las de la fiscalía.

Contar con un Instituto Nacional de Ciencias Forenses autónomo permitiría:

  • Acceso equitativo: que los defensores puedan solicitar peritajes o consultorías técnicas directamente al ente independiente.

  • Transparencia: eliminar la duda de que los resultados periciales sean filtrados o priorizados según los intereses del titular de la acción penal.

  • Garantía de respeto de los derechos humanos: asegurar que toda persona imputada tenga acceso a una revisión técnica de calidad, independientemente de su capacidad económica.

El estándar de la Academia Americana de Ciencias Forenses y el camino a seguir

La Academia Americana de Ciencias Forenses sostiene que la independencia en la prestación de los servicios periciales es la mejor salvaguarda contra el error judicial. Panamá necesita actualizar su marco legal para transitar hacia un modelo de gestión científica que garantice la autonomía administrativa, presupuestaria y técnica del IMELCF.

La independencia y autonomía de los servicios periciales no es un privilegio del científico experto, sino una garantía para el ciudadano. Es hora de que el Imelcf sea, por ley y por estructura, una institución verdaderamente al servicio de todos los intervinientes del proceso judicial. Solo así garantizaremos que, cuando la ciencia hable en los tribunales, su voz sea libre, imparcial e igual para todos.

El autor es médico y exdirector del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.


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