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Corrupción penitenciaria

El negocio de la miseria en las cárceles panameñas

Transferencias a detenidos por medio de intermediarios de la mafia

El negocio de la miseria en las cárceles panameñas
Imagen de IA.

Hablar de cárceles en Panamá suele incomodar. Se habla de seguridad, de castigo, de control. Pero rara vez se habla de algo fundamental: el dinero. No el dinero del narcotráfico o del crimen organizado en abstracto, sino el dinero cotidiano, pequeño y vital, que las familias envían a sus seres queridos privados de libertad para sobrevivir dentro del sistema penitenciario.

Hoy, en muchas cárceles del país, el acceso a ciertos alimentos, bebidas, artículos de aseo y limpieza a la venta dentro de los penales es un hecho, aunque no existe evidencia de concesiones o licitaciones en Panamacompra para esta actividad. Ese no es el debate ahora, ni tampoco los artículos que entran de contrabando y están prohibidos. El problema comienza cuando el Estado no ofrece un mecanismo oficial, transparente y directo para que las familias transfieran recursos a los detenidos. Ese vacío ha sido ocupado, como suele ocurrir, por mafias.

En la práctica, miles de familias se ven obligadas a recurrir a intermediarios informales para enviar dinero, usando plataformas como Yappy u otros métodos digitales no regulados por el sistema penitenciario. ¿El resultado? Comisiones que van desde 20% hasta 40% del monto enviado (dependiendo del perfil), dinero que no alimenta a un detenido, sino que engorda redes de corrupción, pandillas internas y economías criminales toleradas por la omisión del Estado.

Este no es un problema menor ni anecdótico. Es una forma sistemática de extorsión, ejercida sobre los sectores más vulnerables del país: madres, abuelas, parejas y hermanos que apenas logran reunir lo necesario para enviar 20 o 40 dólares. Cuando hasta casi la mitad de ese dinero se pierde en el camino, se castiga dos veces.

Panamá cuenta con un sistema bancario sólido, con pagos digitales ampliamente extendidos y con experiencia en trazabilidad financiera. Resulta entonces difícil de justificar que cada persona privada de libertad no tenga una cuenta individual oficial, supervisada por el Estado, donde sus familiares puedan transferir fondos de manera directa, segura y sin intermediarios criminales, enlazada a un comisariato.

En la mayoría de las cárceles estatales y federales de Estados Unidos, cada persona privada de libertad cuenta con una cuenta individual oficial, conocida como inmate trust account. A estas cuentas, los familiares pueden transferir dinero de forma directa, electrónica y trazable, a través de plataformas autorizadas por el propio sistema penitenciario. El dinero solo puede utilizarse para fines específicos (productos, comunicaciones, acceso a kioscos de internet). ¿Por qué no se puede hacer aquí? La tasa promedio allá es de 10% de comisión; la población carcelaria no debe ser una excusa.

El punto clave es este: no hay intermediarios criminales. El Estado controla el flujo del dinero. Y cuando el Estado controla, las mafias no cobran.

No se trata de otorgar privilegios. Se trata de cerrar una puerta al crimen organizado. Porque cuando el Estado no controla el flujo de dinero dentro de las cárceles, alguien más lo hace. Y ese alguien no responde a la ley, sino a la lógica de la extorsión y la violencia.

La venta de productos en el penitenciario, además, se ha convertido en un espacio opaco, donde los precios suelen ser elevados y el acceso desigual. Sin control efectivo ni mecanismos financieros oficiales, el comisariato deja de ser un servicio y pasa a ser un negocio montado sobre la necesidad. La cárcel priva de libertad, pero no debería condenar al hambre, a la humillación ni al abuso económico.

Regular las transferencias mediante cuentas oficiales por detenido permitiría, de inmediato, varios avances concretos: eliminar intermediarios ilegales, reducir la corrupción interna, transparentar el uso de fondos, proteger a las familias y debilitar una fuente constante de financiamiento de mafias carcelarias. También facilitaría auditorías, controles y políticas públicas basadas en datos reales, no en rumores.

Desde una perspectiva de seguridad, esta medida no debilita al Estado: lo fortalece. Desde una perspectiva social, reduce tensiones dentro de los centros penitenciarios. Y desde una perspectiva ética, envía un mensaje claro: la dignidad humana no se suspende tras los barrotes.

El Ministerio de Gobierno tiene la capacidad administrativa para impulsar este cambio. No requiere reformas constitucionales ni grandes inversiones, solo voluntad política y decisión. Seguir postergándolo equivale a aceptar que el crimen organizado gestione una parte esencial de la vida carcelaria.

Panamá debe decidir si quiere cárceles controladas por el Estado o economías paralelas controladas por mafias. El dinero, incluso en prisión, debe circular bajo la ley. Todo lo demás es complicidad por omisión.

Porque cuando el Estado no regula, la miseria se convierte en negocio. Y ese es un lujo que un país que se dice democrático no debería permitirse.

Mientras el país observa un acto público por más de 200 millones de dólares para la preparación y suministro de alimentos en las cárceles, resulta legítimo y necesario plantear una pregunta adicional: ¿por qué el comisariato penitenciario no está sujeto al mismo estándar de licitación pública, transparencia y competencia? Si el Estado reconoce que la alimentación de las personas privadas de libertad requiere controles, pliegos, supervisión y rendición de cuentas, es coherente sostener que el comisariato —donde circulan millones de dólares provenientes directamente de las familias más vulnerables— también debe licitarse. Dejarlo fuera de procesos públicos formales no solo perpetúa la opacidad, sino que abre la puerta a abusos de precios, desigualdad en el acceso y capturas informales del negocio por actores no fiscalizados. La lógica debe ser una sola: donde hay dinero inducido por la necesidad, debe haber control público.

El autor es profesional multidisciplinario: ingeniero industrial, internacionalista y abogado.


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