Los delitos financieros, llamados también de cuello blanco, históricamente se han escondido en la oscuridad del poder político y ante el silencio de los demás, silencio que nace por el temor a represalias, por la simple indiferencia o por un jamón.
Si bien hay que combatir a los corruptos, a los corruptores y a sus cómplices, también hay que romper el silencio en pro de una mejor convivencia. Pues, de lo contrario, el silencio se hace cómplice.
Una fórmula efectiva para romper el silencio de los inocentes es la oferta de recompensas económicas, siempre que se acompañe con la estricta confidencialidad.
Ya hemos observado los incentivos económicos(recompensas) que ofrecen las autoridades policiales por información que ayude a capturar a los delincuentes más buscados, con la debida confidencialidad de la identidad del denunciante.
En el área fiscal, desde hace muchos años existe una recompensa del 25% de todo lo que el Estado recaude(impuestos, recargos, intereses y multas), producto de denuncias que cualquier ciudadano puede interponer. Todo ello libre de impuestos y con la confidencialidad del caso.
En el campo laboral también se pueden poner denuncias contra patronos por incumplimiento de las leyes laborales. Aunque en las denuncias laborales no existe recompensa económica ni la debida confidencialidad, el trabajador despedido puede reclamar su incorporación al trabajo o el pago de las indemnizaciones por despido injustificado.
En cuanto a la Caja de Seguro Social, existe la mala práctica de ciertos patronos (los menos, por cierto) que, sin escrúpulos, no pagan las cuotas, aunque hayan realizado las retenciones a sus trabajadores, al amparo de la falta de fiscalización; otros se escudan con personas inocentes y sin recursos económicos. Si la CSS ofreciera recompensas económicas, lloverían denuncias.
Falta por incluir a los municipios en la mecánica de las denuncias con recompensas.
Cápsula: romper el silencio de los inocentes con pruebas sólidas debe producir una sociedad con mejor cultura, porque el desconocimiento de las leyes no sirve de excusa para delinquir. Basta acudir al primer artículo del Código Civil, cuyo texto es el siguiente: La ley obliga tanto a los nacionales como a los extranjeros residentes o transeúntes en el territorio de la República; y, una vez promulgada, la ignorancia de ella no sirve de excusa.
El autor es asesor fiscal.

