Con motivo del festín que estamos presenciando del uso de los fondos públicos para beneficio de los altos cargos en todas las esferas del Estado es hora de pensar en una nueva norma constitucional que empiece el capítulo del presupuesto definiendo su esencia, propósito y objetivo final, que no es otro que satisfacer las necesidades más apremiantes de la población del Estado.
Cada año, el país asiste al mismo ritual: la discusión del presupuesto general del Estado. Cifras millonarias, recortes, adiciones y discursos técnicos llenan las páginas y los noticieros. Sin embargo, en medio de la maraña de números se pierde lo esencial: ¿para qué sirve realmente el presupuesto del Estado?
Las constituciones modernas han insistido en regular cómo se elabora y aprueba el presupuesto, quién lo presenta, quién lo modifica, qué pasa si no se aprueba a tiempo. Todo eso es importante, pero lo fundamental suele quedar en el olvido: el propósito del presupuesto.
El presupuesto no es un cheque en blanco para repartir favores. No fue pensado para sostener privilegios de quienes ocupan temporalmente cargos públicos. Un Estado democrático no puede destinar recursos para mantener escoltas, choferes, gastos de representación o jubilaciones doradas que ningún empresario privado concedería a sus gerentes más exitosos. El dinero del pueblo debe servir al pueblo, no a los poderosos.
Lo que debería estar escrito en la primera línea de toda Constitución es claro y sencillo: el presupuesto existe para garantizar la satisfacción de las necesidades colectivas, sostener los servicios públicos y promover el desarrollo nacional. Nada más y nada menos.
Por eso proponemos para una nueva constitución un artículo así que inicie el capítulo sobre el presupuesto. Su Finalidad y objetivo.
Artículo X. — Del presupuesto del Estado
“El presupuesto general del Estado tendrá como finalidad garantizar la satisfacción de las necesidades colectivas, el desarrollo humano sostenible y la prestación eficiente de los servicios públicos esenciales.
Los recursos públicos se asignarán exclusivamente para atender el interés general, prohibiéndose la inclusión de gastos que constituyan privilegios personales, beneficios arbitrarios, exoneraciones injustificadas o tratamientos especiales en favor de autoridades o funcionarios.
El presupuesto es expresión de la soberanía popular en materia financiera, constituye el principal instrumento de planificación estatal y deberá elaborarse, aprobarse y ejecutarse con criterios de equidad, transparencia y responsabilidad fiscal”.
Cuando el presupuesto se convierte en una lista de prebendas, pierde su naturaleza y traiciona su razón de ser. En lugar de ser un instrumento de justicia social y de planificación económica, se transforma en un mecanismo de clientelismo político y de desigualdad institucionalizada.
Panamá necesita dar un paso adelante. Así como exigimos transparencia en las contrataciones y en la rendición de cuentas, debemos exigir también un artículo constitucional que defina con precisión el propósito del presupuesto: servir al interés general y no a intereses particulares.
Un presupuesto es, al final, un espejo del país que queremos ser. Si aceptamos que incluya privilegios y exoneraciones injustificadas, ese espejo nos devolverá la imagen de una nación que confunde el servicio público con el beneficio personal. Pero si logramos que el presupuesto sea, de verdad, la expresión de la soberanía popular, entonces podremos mirarnos en ese espejo con dignidad.
La gran lección es simple: el presupuesto no debe estar al servicio de quienes gobiernan, sino de quienes los eligieron.
El autor es exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia.

