En estos últimos años hemos percibido cómo nuestra administración de justicia se ha visto involucrada en múltiples temas de corrupción, desde el funcionario que realiza la labor de portero hasta lo más alto de la cúspide judicial, la magistratura.
Lo que es indignante y preocupante, considerar que la certeza del castigo no está dirigida para todas las personas, y que la imagen que representa a la justicia, en ciertas causas, sus ojos, no están vendados. Traigo a colación este señalamiento, ya que me parece interesante que en el proceso penal seguido al expresidente Ricardo Martinelli, los jueces encargados del juicio, esta vez, sí pusieran en práctica lo que establece la norma y le concedieran la solicitud con respecto a la modificación de la medida cautelar que reposaba en contra de él, ya que si bien es cierto el Código Penal en su artículo 12 indica que la detención provisional está sometida a un límite temporal razonable, para evitar que se convierta en una pena anticipada y que la misma no puede exceder más de un año, excepto en los supuestos señalado en el código.
Esto quiere decir que una persona vinculada a un proceso solamente puede estar en detención preventiva un máximo de un año y la excepcionalidad de la misma es que la causa fuera compleja, lo que conllevó a que le otorgaran una medida cautelar distinta a la detención preventiva. Y obvio, frente a un Ministerio Público carente de estrategia jurídica y de conocimiento, es evidente que la contraparte va a aprovechar dicha oportunidad.
En virtud de este acontecimiento, esperamos que los fallos de los jueces no sean solamente en estricto derecho con aquellas personas que están vinculadas en causas de alto perfil, sino que también consideren que el panameño humilde, que está siendo procesado por la presunta comisión de un delito, también tiene los mismos derechos y garantías judiciales que datan desde 1977, con la ratificación de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, mediante la Ley 15 del 28 de octubre. Y que demuestren a través de sus sentencias que no distinguen clase social, manteniendo en cada momento un criterio de igualdad para todos los que estén en el territorio patrio, generando confianza y seguridad jurídica a toda la nación.
El autor es estudiante de tesis de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UP