El pliego de cargos que exige la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) para licitar los puertos de Corozal y Telfers es, básicamente, un exorcismo jurídico al fantasma de Panama Ports Company. No se presenta como “otro contrato más”, sino como una especie de misa solemne donde se invoca la Ley de la ACP, los Reglamentos de Concesiones y hasta el Título Constitucional del Canal de Panamá, por si acaso algún espíritu del pasado intenta colarse por una cláusula mal redactada.
En lenguaje elegante —ese que sonríe mientras impone límites— el pliego extiende cláusulas que, traducidas al panameño básico, dicen: “Gracias por tu interés… pero aquí mando yo”. Se invoca expresamente la facultad de usar procedimientos distintos a los ordinarios cuando el interés del Canal lo justifique. Es decir: reglas hay, pero si el Canal estornuda, las reglas dicen “salud” y se acomodan.
Antes, en cambio, el concesionario parecía socio… socio con poder de decisión… socio que, además, redactaba el acta. Tal como lo señala el fallo del 29 de enero de 2026 de la Corte Suprema de Justicia, donde el Pleno declaró inconstitucional la Ley 5 de 1997. De ahí surge esa joya jurídica donde, dicho en términos menos diplomáticos, el Estado firmó como dueño, pero se comportó como invitado.
Por ningún lado se lee una cláusula que diga “only USA”. No era necesario. El mensaje no estaba en neón; estaba en tinta fina. Hoy el filtro es geoestratégico, con modales corporativos: se exige que la estructura de capital no otorgue control a Estados extranjeros, empresas estatales o fondos soberanos. Traducción 2026: no solo queremos saber tu nombre, también quién paga tu cena, quién deposita en tu cuenta y quién te escribe los discursos.
Y esto no salió de un taller de paranoia; salió de la experiencia. Después de ver, en sectores estratégicos, compañías formalmente privadas operando con telarañas financieras dignas de un thriller corporativo —estructuras que recuerdan episodios como los vinculados a First Quantum Minerals en la saga minera— Panamá entendió que el apellido “privado” no garantiza neutralidad geopolítica.
La transparencia del capital se volvió política exterior escrita en lenguaje societario. Dime quién te financia y te diré a qué embajada le contestas el teléfono.
Tras los escándalos globales en el sector portuario, el nuevo pliego parece redactado por gente que leyó la sentencia de la Corte con resaltador, café doble y algo de vergüenza histórica. Cada cláusula suena a: “Esto ya nos pasó. No otra vez. No con nuestra firma”.
Porque el contrato de 1997 era generoso… pero generoso con plata ajena. Si había deudas, el Estado reembolsaba. Si había gravámenes, el Estado respondía. Si algo salía mal, Panamá pagaba la cuenta y daba las gracias por la experiencia. Súmese a eso autoridades blandas actuando en armoniosa corrupción.
Cuando la diputada Yamireliz Chong denunció esto en la Asamblea, no estaba tejiendo teorías conspirativas; estaba señalando lo que un buen abogado, con paciencia, café y capacidad de asombro, podía ver: un contrato donde el Estado asumía cargas, riesgos e indemnizaciones, mientras el concesionario acumulaba control, ventajas y, probablemente, millas aéreas.
Leer el contrato de 1997 con ojos de 2026 es un ejercicio incómodo, pero necesario. Obliga a aceptar que muchos dilemas actuales —presión externa, debates sobre soberanía, sospechas sobre quién controla qué— no llegaron por casualidad. Se incubaron aquí, en una época que confundió apertura con entrega elegante y modernización con “firme aquí, sin leer mucho”.
Los puertos no se pierden en guerras; se pierden con gobernantes que firman pensando en la próxima inversión y no en la próxima generación.
La buena noticia es que Panamá parece estar despertando. La mala es que despertó en medio de una partida geopolítica donde otros ya van por la mitad del tablero… y nosotros todavía estamos buscando las instrucciones.
El autor es abogado.


