La fe en una determinada religión (en Dios) es incondicional; no se cuestiona. Se cree, y punto. La ciencia, muy por el contrario, parte de la duda, del cuestionamiento, e investiga y experimenta para comprobar hipótesis o teorías que no son necesariamente definitivas. Las leyes, por su parte, se someten al escrutinio, a interpretaciones y modificaciones.
El hombre desde la antigüedad, al no encontrar una explicación de hechos o fenómenos naturales, como el viento, el trueno, la lluvia, la luz, el sol, la luna, etc., los adoptó como dioses. Los más antiguos dioses fueron los primigenios, luego vinieron los de las mitologías (mesopotámica, griega, egipcia, etc.) y los de los incas, aztecas y mayas, entre otros.
Finalmente, las religiones optaron por un solo Dios (monoteísmo), dándole cada una su nombre (Dios, Alá, Buda, etc.). Incluso los científicos han caído en lo mismo, pero en sentido más metafórico que religioso, pues en la búsqueda del origen de la materia (del Universo), recientemente encontraron partículas subatómicas que no han podido - por ahora- subdividir más (denominado Boson de Higgs), a las cuales apodaron “La partícula de Dios”.
En el marco de lo expuesto, el comunicado de la Conferencia Episcopal Panameña del 19 de mayo pasado, sobre el matrimonio igualitario, es, en cuanto a su génesis y justificación, incuestionable; sin embargo, se contradicen, pues afirman que “…la familia y el matrimonio… anteceden a la religión, al Estado y a sus leyes, <
También es excluyente (discriminatorio), cuando señalan que “…sería injusto otorgarles el <
Respecto a que dicha unión “… subvierte el orden establecido por la naturaleza humana y por nuestro marco constitucional y legal”, vale anotar que la naturaleza (hija Dios), produce en el reino animal, principalmente en el hombre, individuos con diferencias inusuales y deficiencias físicas y psíquicas, como los hermafroditas, que generalmente solo en las postrimerías de la adolescencia pueden, según lo que sienten, escoger su sexo, o los homosexuales, cuya condición puede obedecer a cambios químico-hormonales que ocurren en el cerebro del feto, o sea, nacen y se sienten tales. Siendo hijos de natura (de Dios), ¿por qué negarles a estos últimos un derecho natural? El aspecto legal lo definirá la Corte con el recurso interpuesto por la firma Morgan y Morgan.
Recientemente, la Real Academia Española agregó a la definición de matrimonio lo siguiente: “En determinadas legislaciones, unión de personas del mismo sexo, concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales…” y Wikipedia lo define como “Vínculo conyugal entre personas naturales, reconocido y consolidado por medio de prácticas legales, consuetudinarias, religiosas y morales”. No es excluyente.
El comunicado advierte a las autoridades competentes de que “…no deben ligeramente plegarse a hechos sociales, a presiones mediáticas o de grupos de interés…” y que “Su compromiso es legislar para la promoción del bien común y de la justicia”. Pregunto. ¿Acaso este comunicado y el aval de la Iglesia a las dos marchas realizadas no es un mecanismo de presión en pro de sus intereses?, y ¿legislar sobre este tema promueve o no el bien común y la justicia?
Finalmente, nos parece exagerado y hasta temerario sostener que legislar al respecto “…es una apuesta arriesgada, cuyas consecuencias negativas no logramos todavía vislumbrar” y que es un elemento que desestabiliza más aún a la familia, que atenta contra esta. ¡Increíble!
La curia no debe distraerse con el matrimonio de otros, sino con el eclesiástico y con los verdaderos problemas de la familia (paternidad irresponsable, educación y salud integral), y entender que nuestras autoridades legislan para todos los panameños, sin distingo de credo, raza e ideología. A Dios lo que es de Dios y a la ciencia y las leyes lo que les corresponde por derecho propio.
El autor es economista.