No es que no existan —al menos en documentos programáticos y textos jurídicos— políticas públicas de seguridad. Lo que ocurre es que están fragmentadas y, en el caso de la estrategia de seguridad nacional, esta es impulsada por los Estados Unidos de América y responde, básicamente, a los intereses geopolíticos y geoestratégicos del imperialismo norteamericano.
La injerencia estadounidense en el istmo de Panamá se remonta a mediados del siglo XIX, con la construcción del ferrocarril transístmico. Es bien conocido el “incidente de la tajada de sandía” de 1856, el cual dio lugar a la intervención militar yanqui (un gringo se negó a pagar un “real” por una tajada de sandía al istmeño Luna).
Durante los siglos XIX y XX se contabilizan más de 40 incursiones militares norteamericanas en el istmo de Panamá. En 1903, el imperialismo estadounidense fue un factor determinante (aunque no el único) de la independencia de Panamá de Colombia, el 3 de noviembre de 1903.
Fue el representante de Estados Unidos en Panamá quien le “recomendó” al presidente Manuel Amador Guerrero, en 1904, licenciar a las tropas del Ejército y al general Esteban Huertas.
De este modo, tanto la seguridad pública como la seguridad nacional fueron dictadas desde el “Norte revuelto y brutal”, a través del gobernador instalado en la creada “Zona del Canal”, en virtud del Tratado Hay–Bunau Varilla, del 18 de noviembre de 1903.
Desde los prolegómenos de la independencia hasta mediados del siglo pasado, la justicia administrativa estuvo a cargo de la “policía de pito y tolete”. Fue como consecuencia de la Guerra Fría, derivada del enfrentamiento del Occidente capitalista contra la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS), que los Estados Unidos decidieron rearmar los ejércitos latinoamericanos, supuestamente para combatir el comunismo y, en el caso de Panamá, transformar la Policía Nacional en Ejército (Guardia Nacional). Por supuesto, la doctrina que acompañó el rediseño militar fue la de seguridad nacional.
En realidad, fue un “ejército nacional de ocupación”, a través del cual el imperialismo yanqui y la oligarquía nativa del ancien régime liberal se dedicaron —al socaire de la lucha contra el comunismo— a violar los derechos humanos y a perseguir a los líderes populares.
Después del golpe militar del 11 de octubre de 1968, la doctrina de seguridad nacional —como todo el país— estuvo bajo la “bota militar”, hasta que la derecha fue expulsada de los cuarteles y se inició, en 1971, el proceso revolucionario o proceso de liberación nacional, bautizado por el líder de los golpistas, Omar Torrijos, como la “revolución panameña”.
En ese período se hace distinción entre la seguridad nacional (con fundamento en la soberanía nacional y la recuperación del Canal de Panamá) y la seguridad pública, a cargo de un componente policial de la Guardia Nacional.
Con motivo de la invasión del imperialismo yanqui a Panamá, o del genocidio del 20 de diciembre de 1989, efectuada con el supuesto objetivo de defenestrar las FF. DD., se abolió el ejército y se creó una fuerza pública de servicios de policía que a la fecha consta de tres verdaderos ejércitos.
De manera que, en los últimos 37 años de gobiernos posinvasión, la seguridad en Panamá se ha caracterizado por la fragmentación. “Aunque existen documentos doctrinarios y leyes recientes que pretenden integrar estos conceptos, Panamá no cuenta con una política pública de seguridad integral e interinstitucionalmente cohesionada en la fase de ejecución (proyectos, planes, programas y presupuestos).
En el papel, cada aspecto de la seguridad se regula mediante un instrumento legal distinto que responde a un “feudo” ministerial o estamental diferente:
Seguridad nacional/pública: controlada por el MINSEG y el Consejo de Seguridad, dominada históricamente por una visión policial-militar.
Seguridad ciudadana: regulada formalmente por la Política Criminológica de Estado (Ley 328 de 2022), bajo la Secretaría Superior de Criminología, pero con poca capacidad de mando sobre los presupuestos de fuerza pública o desarrollo local.
Seguridad humana: dispersa entre el MIDES, MEDUCA, MINSA y programas asistenciales o de desarrollo (como el Plan Colmena), operando completamente desconectados del Gabinete de Seguridad".
En síntesis, mientras el tema de la seguridad en Panamá se diseñe en Washington y no sea modificado el Título XII de la Constitución Política de la República, no se podrá impulsar una necesaria e imprescindible legislación marco de seguridad integral estratégica que brinde cohesión conceptual y práctica a la seguridad nacional soberana e independiente, multilateral y de neutralidad, que, junto con la seguridad pública, ciudadana y humana, promueva una sociedad verdaderamente democrática, donde conviva en paz una comunidad de personas con plenas garantías de su dignidad humana.
El autor es abogado y analista político.

