Como el cuento de la cucarachita mandinga, la entrada inesperada o extraordinaria de un ingreso, supone una decisión mayor. Siendo un ingreso extraordinario, su utilización inmediata agota el dinero recibido, dejando la sensación de insatisfacción al no poder mantener a futuro la misma tendencia de gasto.
El gobierno del presidente Ernesto Pérez Balladares, ante un dilema similar con los ingresos extraordinarios de las privatizaciones, reservó una parte importante de esos recursos bajo la modalidad del Fondo Fiduciario de Desarrollo. Una práctica juiciosa en la administración de las finanzas públicas. Asimismo, la Ley 20 del 15 de mayo de 1995, con la cual se crea el Fondo, colocaba entre otras, que el Fondo se utilizara hasta un 5% en obras sociales y otro 5% en el sector agropecuario. Por otro lado, se contemplaba que el producto de las ventas de los terrenos de la antigua Zona del Canal ingresaran al Fondo. Si lees las noticias de la época, verás que hay dudas acerca de la gestión del fondo por gobiernos subsiguientes.
En el año 2000, recuperada la gestión del Canal, empieza este administrarse como una empresa, no como un eslabón del complejo militar comercial de Estados Unidos. Los ingresos provenientes de la vía crecen de manera significativa.
En el año 2008 se aprueba la Ley 34 de Responsabilidad Social y Fiscal, LRSF, que pretendía aunar un criterio adicional de administrar el endeudamiento del sector público dentro de márgenes manejables que garantizaran la estabilidad macroeconómica del país. Esta ley, además, como la anterior Ley 20 del Fondo Fiduciario, identificaba sectores prioritarios de inversión asociados a las recomendaciones de la Mesa para la Concertación Nacional para el Desarrollo del año 2007. Igualmente, obligaba a cada gobierno a presentar un plan estratégico a aplicar en los cinco años de su período, establecía la obligación de realizar estudios de factibilidad por proyectos, y marcaba los umbrales en los cuales el Fondo se podría utilizar cuando hubiese una desaceleración económica.
Por el contrario, cuando hubiese una desaceleración, ahí caben políticas anticíclicas de incrementar el gasto público para dinamizar la economía y recuperar y mantener una tendencia saludable de crecimiento, sin afectar excesivamente el endeudamiento público. El Fondo cumpliría esa función de aportar los recursos necesarios para estimular la economía. Hasta ahí, todo kosher, es decir, cumple con la ortodoxia macroeconómica.
En el año 2009, con el cambio de gobierno y ante la expectativa de que pudiese ocurrir una desaceleración, producto de la crisis financiera mundial del año 2008, el gobierno saliente aprueba la primera enmienda permitiendo un endeudamiento por encima de las proyecciones y condiciones originales contempladas en la Ley 34, LRSF. Después de esa modificación vinieron nuevas modificaciones por el nuevo gobierno que abrieron la caja de Pandora. Se suspendieron los estudios de factibilidad, se crearon condiciones para comprometer el gasto de futuros gobiernos mediante el uso de los proyectos llave en mano, y se aumentó el endeudamiento, en una etapa de crecimiento sostenido, acelerando el alza de los precios, los salarios, los costos, por el calentamiento de la economía.
Con la Ley 38 de 5 de junio de 2012, se crea el Fondo de Ahorro de Panamá, que sustituye el Fondo Fiduciario de Panamá. Asimismo, se modifica la Ley de Responsabilidad Fiscal para que el gobierno pueda endeudarse adicionalmente al límite que establece la ley, cuando los aportes provenientes del Canal estén por debajo del 3.5% del PIB nominal.
La idea subyacente a limitar el gasto dependiendo de los ingresos extraordinarios del Canal, aunque parece razonable, no lo es, como bien lo anotara un conocido economista. Los ingresos del Canal no son volátiles como los precios de los commodities, que son para algunos países su principal fuente de ingreso y que están sujetos a fluctuaciones severas que requieren mecanismos de estabilización como el incorporado en el Fondo de Ahorro de Panamá. Es decir, la medida, en lugar de estabilizar el gasto público, le permite mayor endeudamiento al gobierno de lo que la Ley de Responsabilidad establece. Si le sumas los proyectos llave en mano, las empresas fuera del sector público y el déficit cuasifiscal que significa el déficit del Seguro Social, las contingencias fiscales son mayores que el dato reportado en los informes de deuda.
Entendemos que el Fondo sea usado para dinamizar la economía en tiempos de desaceleración. El gobierno propone usarlo para colocar los recursos en los bancos locales. La razón argumentada es aumentar la rentabilidad del fondo, cuando su objetivo no era per se convertirse en una inversión financiera, sino en un mecanismo de apoyo al desarrollo del país. Algo no me cuadra.
El autor es economista
