El traslado de al menos 500 jueces de paz de los municipios al Ministerio de Gobierno es un cambio sensible que solo debe evaluarse con un criterio: si mejora o no la justicia comunitaria. Estas figuras son esenciales en barrios y corregimientos, donde median conflictos cotidianos y evitan que diferencias menores escalen. Por ello, una transición mal ejecutada afecta directamente a los ciudadanos.
La aplicación de la Ley 467 ha estado marcada por denuncias de irregularidades, entre ellas destituciones sin procedimiento, nombramientos sin concurso y la remoción de jueces que habían ganado sus cargos por mérito. Esto vulnera la ley y revive el vacío que sintió la ciudadanía cuando los jueces de paz reemplazaron a los antiguos corregidores. El riesgo se agrava si las casas de paz se politizan.
Además, el cambio concentra en el Ejecutivo millones de dólares destinados a estas oficinas, junto con la tentación de control que supone que queden bajo un ministerio y no bajo municipios con pluralidad política. Una de las razones para que los jueces de paz fueran designados por los municipios era que ello formaba parte del proceso de descentralización; lo contrario implica una concentración de poder en el Ejecutivo.
La reforma no puede convertir a los jueces de paz en fichas partidarias. Si busca ordenar el sistema, debe hacerlo mediante concursos, transparencia y respeto a la ley; de lo contrario, debilitará la justicia más cercana a la gente.
