Imparcialidad y equidad vs intereses y conflictos

¿Cómo podemos cambiar la cultura del oportunismo en la gestión pública en un país como el nuestro? ¿Dónde el credo casi general es, como dice la canción de Rubén Blades, “que con Dios conectado a uno conectas diez”, en lo que se refiere a sacar provecho de las posiciones de servicio público? ¿Cómo cambiamos la cultura de gestión pública para que el interés del bien común predomine sobre los intereses de unos pocos —de grupos económicos o de individuos o de un sector con exclusión de otros— y en particular que los intereses públicos prevalezcan sobre los intereses personales del funcionario responsable de tomar una decisión?

Un primer paso para ese cambio es el proyecto de ley 329, que regula situaciones de conflictos de intereses en la función pública, aprobado nuevamente el martes 2 de agosto de 2022 por el pleno de la Asamblea Nacional, subsanadas las objeciones presentadas en el veto presidencial del pasado mes de junio. El proyecto busca que los servidores públicos ejerzan sus obligaciones públicas de manera imparcial, basadas en evidencias y principios de equidad. Y no es casualidad tampoco que los principios de imparcialidad y equidad son requisitos indispensables en un Estado de Derecho. De hecho: ahí está el desafío nacional.

Para la sociedad panameña es importante entender, más allá de la definición técnica contenida en el proyecto de ley 329, que, en términos generales, los conflictos de intereses son situaciones en las cuales la equidad y la imparcialidad requeridas por parte de un funcionario para la toma de una decisión pública se han perdido. ¿Cómo se pierden? Con el conflicto de interés que se da si ese servidor público obtiene un beneficio de manera ilegítima como resultado de una decisión que ha tomado en función de su cargo o competencias.

El proyecto busca que los servidores públicos ejerzan sus obligaciones públicas de manera imparcial, basadas en evidencias y principios de equidad. Y no es casualidad tampoco que los principios de imparcialidad y equidad son requisitos indispensables en un Estado de Derecho. De hecho: ahí está el desafío nacional.


El proyecto de ley incluye los tres elementos centrales que toda política pública que aborde la prevención de dichos conflictos o el castigo de los mismos cuando se dan: el marco legal, los órganos de aplicación y las declaraciones de intereses y patrimoniales de los funcionarios (dos documentos distintos y con distintas finalidades). Cada uno de estos tres elementos están vinculados para su ejecución efectiva en el proyecto y, de ser sancionado por el Ejecutivo, requerirán también elementos de cambio cultural para ver comenzar a caminar hacia el cambio: primero la voluntad política de quienes dirigen las entidades, segundo que medios y sociedad se familiaricen con la figura para exigir rendición de cuentas en la gestión pública, y tercero que los mismos servidores públicos cambien –ante la exigencia normativa y social— la normalización de la inequidad y parcialidad en sus actos. Un ejemplo escandaloso en Panamá es la falta de regulación (¿por diseño?) de “la puerta giratoria”: a la situación en la que un alto cargo público deja o finaliza su puesto en el sector público, pasando a ocupar un alto cargo en el sector privado, y viceversa, generando parcialidades, injusticias y, menudo, generando daños a competidores, o al mismo bien común.

Imposible ignorar los contextos en que se aprueba el proyecto. Como antecedentes: que Panamá estaba en deuda con esta

legislación desde hace décadas, en parte por el sistema de vasos comunicantes de influencias corruptas entre lo público y lo privado. Que fue incluido en el paquete de leyes anticorrupción del #RetoTransparencia2019, al que se comprometió el presidente Cortizo antes de las elecciones… y que aún no cumple. Que es parte de la plataforma de cambio propuesta por el HD Gabriel Silva y HD Juan Diego Vásquez, cuyo equipo de trabajo no ha cejado en casi dos años con el esfuerzo de generar el hoy aprobado el proyecto de ley. Que el recrudecimiento de decenas de instancias de conflictos de intereses durante la pandemia, revelados por los medios, sumados a la crisis y explosión social de este último mes, parece haber despertado a la bancada que controla la Asamblea Nacional a la realidad de que la sociedad exige cambios reales hacia la transparencia, y que al menos este cambio era posible. Sin embargo, la publicación del aumento del presupuesto de la Asamblea a 150 millones de dólares al año, revelado ayer, genera la pregunta urgente: ¿Más de lo mismo? ¿Otra ley para lavarse la cara? En este contexto, ahora viene el momento en que el neumático le pega a la carretera: la práctica real de que los funcionarios presenten sus declaraciones y poder prevenir y/o sancionar. Mucha educación, gestión y vigilancia tendrá que hacer la Antai, pero también todos en la sociedad: exigir y alertar.

Cito a Rodrigo Noriega, abogado y analista a quien admiro y aprecio, quien más de una vez ha dicho en público que las crisis en Panamá han dado oportunidad a adelantos normativos, que luego requieren seguimiento, empeño y lucha por parte de la sociedad. Nos queda mucho por cambiar en cuánto a la transparencia en gestión pública en Panamá, pero el proyecto de ley 329 que regula situaciones de conflictos de intereses en la función pública es ciertamente un paso en la dirección correcta. Ahora la cosa es cómo se le explica al monaguillo Andrés.

La autora es abogada y escritora.


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