La tendencia de los panameños a la separación o a la federación fue, durante el siglo XIX, una proclividad lógica y natural a sus aspiraciones sociales, económicas y políticas, como también a la situación geográfica del Istmo. Estas realidades obligaban al establecimiento de una legislación muy particular que se adecuara a las necesidades innatas de sus habitantes, sujetas a las ataduras y cortapisas emanadas de un gobierno colombiano centralizado, lejano y desinteresado. La autonomía gubernativa era necesaria con el objeto de atender las necesidades de los istmeños, diferentes a las del resto de Colombia. Es a través de esta realidad que se llega al 3 de noviembre de 1903. Y no voy a entrar en el detalle de la trama o la conspiración secesionista, solo referirme muy brevemente al devenir republicano.
El nacimiento del Estado panameño implicaba la implementación de una forma de gobierno; y esa forma de gobierno fue el sistema republicano. A su vez, este sistema republicano requería la creación o existencia previa de un Estado independiente para que entonces emergiera la República de Panamá. Además, sabemos que el Derecho Internacional Público regula las relaciones entre Estados y es en 1903, o mejor dicho, a raíz de la Constitución de 1904, y no en 1821, cuando nace el Estado panameño y, por consiguiente, cuando emerge, con ardientes fulgores de gloria y muy a pesar de las limitaciones soberanas y jurisdiccionales, la República de Panamá. Fue muy claro el expresidente de Panamá, Ricardo J. Alfaro, cuando afirmó lo siguiente: “Para mí, el asunto es tan claro que se me hace difícil comprender que sea objeto de polémica [...] Por el pronunciamiento del 28 de noviembre de 1821, lo que hizo Panamá fue pasar de la dependencia española a la dependencia colombiana [...] Panamá adquirió la personalidad internacional y, por consiguiente, la independencia, por virtud del movimiento secesionista efectuado el 3 de noviembre de 1903. Se produjo la Secesión o Separación para fundar una República independiente, o sea, para adquirir la independencia…”. Y la razón es muy sencilla: la separación es el medio por el que se propugna la desvinculación de un territorio que se anexiona a otro, como en 1821; mientras que la independencia es el fin por el que se reclama la autodeterminación de un nuevo Estado, que incluyó además un sistema republicano de gobierno, como sucedió a raíz de los sucesos de 1903.
Panamá no fue una república hasta su independencia de Colombia, pero eso no quita que fuese una nación en constante evolución, sobre todo por su situación particular.
Su posición geográfica y vocación de tránsito la puso desde la colonia en la mira de las grandes potencias. Fue vista como un peldaño hacia la defensa global de los intereses geopolíticos y militares de estas, por lo que siempre tenían sus narices metidas en el Istmo. Como ejemplo están la firma del Tratado Mallarino–Bidlack en 1846, las migraciones por la fiebre de oro de California en 1849, la firma del Tratado Clayton–Bulwer en 1850 y la construcción del ferrocarril, el primero de carácter transístmico en todo el continente en 1850 y su finalización en 1855, entre otros hechos relevantes.
La República de Panamá —esa que nace a raíz de los sucesos del 3 de noviembre de1903 como un movimiento de “independencia”— no desvaloriza para nada el 28 de noviembre de 1821, aunque se pretenda considerar este primer movimiento como de “separación”. Porque no sería el calificativo lo importante, sino las acciones y de más actos y hechos valerosos que enriquecen la historia panameña, no importa si se tratase de una separación o de una independencia, siendo esta última la que consolida la República, ante la implementación de un sistema de gobierno republicano.
Como tampoco se deben considerar las reales debilidades soberanas y jurisdiccionales con las que nació y creció la República aquel 3 de noviembre de 1903 como motivo para intentar borrar la memoria colectiva e identidad latinoamericana de Panamá y su pertenencia a las independencias latinoamericanas bajo los principios, valores y batallas de Simón Bolívar desde los albores del siglo XIX. Porque no debemos confundir las diferencias meramente etimológicas o conceptuales con los hechos históricos que nos enorgullecen como panameños y que están muy por encima de los calificativos. Una cosa es la concepción gramatical y otra la evolución y el desarrollo de una identidad nacional, esa que bajo la consideración del artículo 1 de la Constitución de 1904 especificó: “El pueblo panameño se constituye en Nación independiente y soberana, regida por un Gobierno republicano y democrático, bajo la denominación deRepública de Panamá”.
Y finalmente, en lo personal, valoro los continuos y atinados aportes culturales, cívicos e históricos de quienes buscan fortalecer la nacionalidad panameña, no importa cómo se califiquen las secesiones o emancipaciones; porque nos permiten rectificar, discutir, aclarar, debatir y ponderar nuestro propio argumento, así como definir nuestro propio destino como país soberano, democrático y republicano.
El autor es abogado.
