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Justicia comunitaria



El Decreto Ejecutivo No. 205 del 28 de agosto de 2018, que regula la Jurisdicción Especial de Justicia Comunitaria de Paz, tiene como finalidad promover la solución efectiva de las controversias comunitarias y la convivencia pacífica, garantizando el acceso democrático a la justicia de manera equitativa, sin discriminación por raza, sexo, religión o ideología. Sin embargo, dicho decreto presenta graves fallas en su aplicación.

La mayoría de los jueces de paz en el interior del país no son abogados, y en algunos casos no promueven ni la justicia ni la convivencia. Actúan de manera impulsiva e incluso se contradicen en sus propias decisiones, creando vacíos jurídicos que no protegen la propiedad privada. Por otro lado, el decreto mencionado no establece con claridad quién es el superior jerárquico del juez de paz, si el alcalde de la provincia o el Procurador de la Administración, lo que genera una situación propicia para abusos.

En un caso que mantengo, la jueza de paz realizó un lanzamiento contra un “fantasma”. Llamó a la antigua propietaria de la finca y le informó que se había emitido un lanzamiento contra los ocupantes del terreno. La antigua propietaria se presentó reclamando la titularidad, la cual había perdido en un juicio civil debidamente inscrito en el Registro Público de Panamá.

El presidente ha prometido exigir que todos los jueces de paz a nivel nacional sean profesionales del derecho. Sin embargo, además de ser abogados, es necesario que se establezca con claridad quién es el superior jerárquico en materia administrativa. Adicionalmente, el recurso de apelación se interpone ante los miembros de una Comisión de Ejecución y Apelaciones, que nunca se reúne, lo que convierte el procedimiento en una especie de dilación contemplada por la ley.

Si se aspira a promover a Panamá como destino turístico, es esencial que se realicen cambios profundos en materia de Justicia Comunitaria. Esta debe ser expedita y preventiva, no necesariamente sancionadora, y sus resoluciones deben producir efectos jurídicos claros, especialmente en lo que respecta a la titularidad de bienes.

El autor es abogado


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