En los últimos años, una de las preguntas relevantes para el derecho contemporáneo es si la justicia realmente logra ver todas las dimensiones de los conflictos que resuelve. La respuesta es que muchas decisiones pueden resultar incompletas si ignoran las desigualdades estructurales que existen en la sociedad.
Precisamente sobre esta reflexión giró una conferencia en el Tribunal Electoral de Panamá, en la que tuve la oportunidad de participar, dedicada al análisis de la Guía para juzgar con perspectiva de género en materia electoral, instrumento jurídico innovador que fue coordinado por Mónica Aralí Soto Fregoso, magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México (TEPJF) y presidenta del Observatorio de Igualdad de Género de la Red Mundial de Justicia Electoral. Su elaboración contó además con el apoyo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México); ONU Mujeres; la Comisión de Venecia; la Organización de Estados Americanos; IDEA Internacional; el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la Universidad de California, Berkeley.
El tema puede parecer técnico, pero su importancia es profundamente democrática. La participación política en igualdad de condiciones constituye uno de los pilares del Estado constitucional. Sin embargo, en muchos países aún persisten obstáculos culturales y sociales que dificultan el ejercicio pleno de los derechos político-electorales de las mujeres.
La perspectiva de género se presenta como una herramienta metodológica para quienes administran justicia. No se trata de crear privilegios ni de alterar el contenido de la ley, sino de interpretar el derecho reconociendo los contextos de desigualdad que pueden influir en los hechos sometidos a decisión. En otras palabras, significa analizar los casos con una mirada más completa.
La guía utiliza una metáfora ilustrativa: invita a quienes juzgan a colocarse las llamadas “gafas violeta”, es decir, a examinar los conflictos jurídicos teniendo en cuenta las relaciones de poder, los estereotipos y las formas de discriminación que históricamente han afectado a las mujeres en el ámbito político. Esta mirada permite identificar factores que, a simple vista, podrían pasar desapercibidos en un análisis jurídico tradicional.
El método propuesto se estructura en cuatro pasos que orientan el razonamiento judicial. El primero consiste en realizar un análisis situacional de los hechos, comprendiendo el contexto social, político y cultural en que ocurre el conflicto. En materia electoral, esto implica examinar si existen condiciones de desigualdad que afecten la participación de una candidata o el ejercicio de un cargo público.
El segundo paso es determinar el derecho aplicable desde una perspectiva de derechos humanos. Para ello se utilizan herramientas como la identificación de la razón de género, el reconocimiento de posibles formas de violencia política y la detección de estereotipos que puedan influir en la interpretación de la ley.
En la tercera etapa se desarrolla la argumentación jurídica, aplicando principios fundamentales del constitucionalismo contemporáneo, como el principio pro persona, la interpretación conforme a los derechos humanos y el control de constitucionalidad y convencionalidad. Estas herramientas buscan garantizar que las decisiones judiciales protejan efectivamente los derechos políticos y la igualdad sustantiva.
Finalmente, el proceso culmina con la adopción de decisiones judiciales adecuadas, que pueden incluir medidas de protección, reparaciones o acciones orientadas a eliminar prácticas discriminatorias en el ámbito político.
La relevancia de este enfoque es particularmente evidente en el campo electoral. Las democracias modernas no solo se miden por la existencia de elecciones libres, sino también por la capacidad de sus instituciones para asegurar que todas las personas puedan participar en igualdad de condiciones.
Juzgar con perspectiva de género no es una concesión ideológica; es una exigencia derivada del principio de igualdad y de la obligación de los Estados de proteger los derechos humanos. En una democracia que aspira a ser inclusiva, reconocer esta realidad se convierte en una responsabilidad ineludible para quienes tienen la tarea de juzgar.
El autor es asesor en el Tribual Electoral y miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional.


