La administración de justicia en Panamá, especialmente en el ámbito civil, ha enfrentado históricamente un desafío persistente que erosiona la confianza ciudadana y limita el acceso efectivo a los tribunales: la mora judicial. Un sistema procesal caracterizado por la escrituralidad, la ausencia de plazos definidos y una ritualidad a menudo excesiva ha llevado a que los conflictos privados se dilaten, generando frustración y desazón entre quienes buscan una solución pronta y justa. El andamiaje jurídico, sustentado en un modelo de 1987, si bien ha recibido reformas parciales, no ha logrado abordar la raíz del problema.
En este contexto de imperiosa necesidad de cambio, la ley n.° 402 del 9 de octubre de 2023 emerge como un hito legislativo transformador para la República de Panamá. Esta normativa no es una enmienda menor; es la adopción de un nuevo Código Procesal Civil que busca modernizar el sistema desde sus cimientos. Su implementación, que culminará con la entrada en vigor plena de sus procedimientos orales en 2025, es una estrategia deliberada para asegurar una transición robusta hacia un modelo más ágil, transparente y centrado en el ciudadano.
Esta reforma se asienta sobre principios filosóficos sólidos. Uno de los más cardinales es la constitucionalización del proceso civil. El nuevo código ha sido concebido bajo estrictos parámetros constitucionales y estándares internacionales de derechos humanos. Esto significa que sus disposiciones se fundamentan en los valores de nuestra carta magna, exigiendo que los jueces actúen como garantes de los derechos fundamentales. El debido proceso, la contradicción, la bilateralidad en la prueba y el derecho a una decisión motivada en plazo razonable ya no son meros enunciados, sino mandatos de cumplimiento ineludible que deben regir cada actuación judicial.
Directamente ligado a este enfoque constitucional se encuentra el principio de tutela judicial efectiva. La ley 402 consagra el derecho fundamental de toda persona a acudir a la jurisdicción civil y obtener una respuesta a su pretensión. La gratuidad del proceso, salvo excepciones, es un pilar crucial que derriba barreras económicas, asegurando que la justicia sea un derecho accesible para todos, no un privilegio. Adicionalmente, el código adopta mecanismos inclusivos, como el patrocinio procesal gratuito y la atención a personas en condiciones de vulnerabilidad, reflejando un compromiso genuino con la cohesión social.
El corazón de esta modernización reside en la adopción de la oralidad por audiencias públicas. En contraste con el obsoleto sistema predominantemente escrito, que generaba voluminosos expedientes y demoras, la oralidad —sin ser absoluta, pues se mantienen actos escritos en la postulación— permite una mayor inmediación del juez con las partes y las pruebas. Esto propicia la concentración de actuaciones, agiliza el proceso y dota al juez de un rol más activo y director. Esta tendencia, ya probada con éxito en otras jurisdicciones y en ramas como la penal y la laboral en Panamá, promete una gestión más eficiente de los conflictos.
Aunado a la oralidad, la incorporación estratégica de la tecnología es otra piedra angular. La ley 402 impulsa la digitalización del expediente, las audiencias virtuales y las comunicaciones electrónicas, sentando incluso las bases para la futura integración de la inteligencia artificial. Estas innovaciones buscan no solo eficiencia, sino también expandir la accesibilidad para los ciudadanos, trascendiendo limitaciones geográficas y físicas.
Sin embargo, la ambición de esta reforma se enfrenta a desafíos significativos. La transición de un sistema escrito a uno oral, y la adopción plena de nuevas tecnologías, demandan un profundo cambio cultural y de mentalidad. La capacitación integral de jueces y abogados es crucial para que adquieran las nuevas habilidades y enfoques. Asimismo, la adecuación de la infraestructura judicial, con salas de audiencias equipadas tecnológicamente, es una condición sine qua non para que los beneficios esperados se materialicen plenamente.
La ley 402 no es solo una oportunidad para modernizar el sistema judicial panameño; es un paso decisivo hacia la construcción de un entorno legal que garantice la protección de los derechos fundamentales y el acceso efectivo a la justicia para todos. Su éxito definitivo dependerá no solo de la letra de la ley, sino de un enfoque colaborativo y un compromiso sostenido de todas las partes: el Órgano Judicial, los abogados, el gobierno y, por supuesto, la sociedad civil. Solo así esta reforma podrá traducirse en un sistema de justicia más ágil, transparente y, sobre todo, que responda con equidad a las necesidades y expectativas de la población panameña.
El autor es abogado.

