No tengo duda del criterio jurídico que desarrolló la Corte Suprema de Justicia para declarar inconstitucional la Ley No. 5 de 16 de enero de 1997, que contiene el contrato con Panamá Ports Company (PPC) y sus adendas para el desarrollo, construcción, operación, administración y dirección de sus terminales portuarias, así como la prórroga y sus actos inherentes, previos y posteriores, luego de leer el fallo. Conceptos como bienestar social e interés público fueron afectados a través de tratos privilegiados hacia la empresa, al permitir la concesión más allá del puerto existente, extendiéndola hacia expansiones futuras en igualdad de términos y condiciones.
El desarrollo de la sentencia en ese sentido está muy bien planteado, ante beneficios para el concesionario como la gratuidad, la exclusividad sin participación abierta y transparente de terceros, la imposibilidad de que el Estado obtuviera mayor provecho frente a nuevas ventajas surgidas con el tiempo, y la carencia de obligaciones económicas del concesionario en detrimento del Estado; todo lo cual representó un desequilibrio de las prestaciones económicas pactadas que generó una inclinación desproporcionada a favor de la empresa. Ni hablar del otorgamiento de prerrogativas a PPC para autorizar o aprobar previamente concesiones que el Estado considerase otorgar a terceros, no pudiendo este disponer libremente de sus propios bienes de dominio público.
Tampoco cuestiono la decisión del gobierno panameño —incluso la reconozco y entiendo— de optar por una contratación temporal de un tercero por un término aproximado de 18 meses, dentro de un proceso de transición que se da frente al desmantelamiento inobjetable de PPC como operador y el alineamiento hacia un proceso de licitación equilibrado, justo y beneficioso para el Estado panameño.
Me queda clara la decisión de desvincular inmediatamente a PPC, a diferencia de la experiencia minera (por la cual se mantendría Minera Panamá). Porque los 25 años de concesión demostraron que tuvimos en PPC —si no es que tenemos todavía— un socio esquivo, oscuro y aprovechado. La sola equiparación fue un hecho escandaloso, digno de la peor intención para perjudicar a la nación panameña, en violación flagrante y descarada de la Ley y la Constitución. Cuesta creer que hoy la persona que presidió el país en aquellos tiempos y que permitió, con la rúbrica de su ministro de Comercio, semejante barbarie jurídica e institucional, estuviese buscando y trayendo bandas presidenciales y asesorando en materia de diplomacia y derecho internacional al actual gobierno, en lugar de dar las explicaciones del caso, que aún seguimos esperando.
Porque no olvidemos las posibles implicaciones diplomáticas y económicas de mayor alcance, cuando la portavoz de la Cancillería china ha dicho que defenderán firmemente los derechos e intereses legítimos de sus empresas.
Resulta que China es el segundo mayor usuario del Canal, siendo Estados Unidos el primero. Lo que significa que cualquier fricción con ellos puede generar impactos significativos, por tratarse de las dos potencias más grandes, al menos desde el punto de vista comercial. José Raúl Mulino aseguró que no cree que China adopte represalias contra Panamá, pero advirtió que, de producirse alguna, el país responderá en consecuencia. Habría que ver si esas reacciones serán similares a las ejercidas frente a las amenazas recibidas de Estados Unidos, lo cual dudo. De seguro que ante China habrá más músculo, sacada de dientes y tono elevado. No tenemos de por medio dólares, corresponsalías ni visas que perder, aparte de que, según el mandatario panameño, puede ser que China necesite más de nosotros que nosotros de ellos.
Independientemente de que la afirmación del presidente sea real o no, creo que China evitará una confrontación diplomática con Panamá y se limitará al terreno comercial que permite el arbitraje (ojalá no me equivoque).
Dentro de un debido proceso interno, no queda duda de que hemos logrado complacer al Tío Sam ante una PPC que se merece lo sucedido y cuyo resultado no está ligado a la presión estadounidense, al menos en el fondo. Por lo tanto, salvo lo que nos pueda costar un arbitraje —ganemos o perdamos—, la salida de PPC constituye un elemento necesario institucionalmente y atinado procesalmente. Mientras tanto, seguimos con Estados Unidos caminando en la cuerda floja, esperando que no aparezca ningún nuevo elemento que debamos afrontar y que nos obligue a claudicar otra vez, para evitar que nos aplaste.
El autor es abogado.
