Quien ocupa un cargo con espíritu desaprensivo, pensando solo en la retribución material o en las ventajas personales que le puede proporcionar, interpreta equivocadamente la función y usurpa un sitio que está reservado para un semejante mejor dotado y más útil en el terreno del orden general.
La moral es indivisible. Solo Maquiavelo se atrevió a afirmar que hay dos morales: una pública y una privada. Un cargo público no representa una canonjía ni tampoco se confiere como un bien propio ni como una expresión de favoritismo personal, como ocurre en el Gobierno panameño, sobre todo, en los últimos siete años y medio, durante la administración de Ricardo Martinelli y de Juan Carlos Varela. Un cargo público es una función confiada a quien se supone poseedor de una idoneidad probada, de una insobornable honradez y de un profundo sentido del deber y de la responsabilidad.
Quien convierte la función pública en un pretexto para su holganza, en un trampolín para sus menguadas ambiciones, en un instrumento para su enriquecimiento no justificado o en un laboratorio de deshonestas maquinaciones –en las que son ingredientes fatales el favoritismo, la prebenda, el peculado y el soborno–, burla el mandato conferido y traiciona la confianza prodigada, incurriendo en un delito de lesa dignidad.
La función pública no es una prebenda, un privilegio ni una canonjía. Es la asignación de un puesto de acción, de trabajo y de lucha, en el que hay que moverse con diligencia, circunspección, eficacia, afabilidad y con decencia. Vale decir, ser lo más eficaz y útil en la labor confiada, evitando caer en la indolencia desmoralizante y en el parasitismo desdoroso. Se debe poner empeño en superar las propias calidades y las personales condiciones, firme el concepto de que hay que evolucionar no en busca de materiales recompensas, sino obediente a un imperativo de la dignidad.
Se debe tener presente en todo momento que los recursos financieros utilizados para retribuir los empleos administrativos se forman con el aporte de la comunidad, y que, por lo tanto, quien contribuye a sostener la organización estatal, tiene justificado derecho a ser servido con cortesía, diligencia, corrección y ecuanimidad. El funcionario o empleado público no debe envanecerse con la posición que otorga el puesto alcanzado o discernido. La función no jerarquiza al hombre o mujer que la desempeña, si el hombre o mujer no jerarquiza el cargo.
Se debe más bien aplicar la mayor contracción a la tarea específica que le compete y ejercitar la posible colaboración en el propósito de facilitar gestiones, obviar obstáculos y agilitar tramitaciones, eliminando el mal de la recámara burocrática que dilata soluciones, lesiona legítimos intereses y entorpece la acción del progreso social.
La historia de la humanidad está llena de figuras estelares que se fijaron en el recuerdo eterno por ley de paternidad. Fueron grandes por el desinterés, por la rectitud, por el estoicismo, por la valentía y por la suprema gloria de la idea. Las hizo inmortales la rectitud de la conducta, la belleza del gesto y la fuerza de la abnegación.
De lo que aquí dejamos dicho la responsabilidad primera y mayor corresponde al hombre de gobierno, que está obligado, como ningún otro, a regir los actos de su vida pública y privada con arreglo a los principios que en todo lugar y en todo tiempo y circunstancia definen una conducta insospechada. De él pudiera decirse lo que de la mujer del César, que aparte de ser honrada, debe parecerlo.
También debe hacerse extensivo a todos los grados de la función pública, especialmente a los jueces, que por razón de su alto ministerio han de ofrecer, en su despacho y fuera de él, un modelo de comportamiento a través del cual la majestad de la justicia no sea una mera frase, sino una viviente realidad.

