La neutralidad permanente o neutralización es la obligación jurídica de un Estado de no participar en contienda bélica alguna, como tampoco ofrecer ayuda o asistencia a los países beligerantes ni participar en alianzas militares de ningún tipo. La neutralidad permanente conlleva la celebración de un tratado, porque su origen es contractual. Estamos frente al deber jurídico de un Estado, estipulado expresamente en un tratado, para permanecer neutral tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra. Pero la neutralización no siempre es aplicable sobre la totalidad del territorio de una nación. Puede ser limitada a una zona de tierra específica, una vía de agua navegable o parte del territorio de un Estado. El Estado en cuyo territorio está localizada esa vía de agua, por ejemplo, debe ser el más interesado en lograr una efectiva neutralización, para afianzar la navegación de los buques de todas las naciones en términos de entera igualdad; es decir, sin discriminar por derechos de tránsito, tarifas o cualquier otra categoría. De lo contrario, la vía de agua navegable podría ser blanco de represalias en caso de conflictos armados entre terceros.
Si bien Panamá no es un Estado neutral, por el hecho de tener un Canal indefendible militarmente y neutralizado para beneficio del mundo, colindante con sus ciudades y regiones más pobladas, aparte de ser uno de los países del orbe con menor territorio y población y, además, haber eliminado el ejército a nivel constitucional, tiene por lo menos la potestad de ejercer una neutralidad ocasional o voluntaria, igual a la ejercida por España durante la Segunda Guerra Mundial, sin necesidad de estar regulada a través de un tratado. Porque, ante las circunstancias descritas en este párrafo, la neutralización constituye nuestro mejor medio de defensa. Incluso países como Suiza se abstuvieron, en su momento, de pertenecer a entidades como la Organización de las Naciones Unidas, para no comprometer su estatus de país neutral.
Entiendo que, por la cercanía de Panamá con Estados Unidos, como su principal socio comercial, en esta confrontación en el Medio Oriente existe una inclinación entendible hacia su coalición con Israel. A pesar de esto, el mensaje de Panamá ha debido ser equilibrado y prudente. Debimos manifestar nuestra preocupación, no solamente por las reacciones bélicas o militares, sino frente a la acción que generó dichas reacciones, para ser consecuentes con la neutralidad permanente que rige la franja canalera. No hemos debido manifestar ningún tipo de predilección en esta contienda, porque podría disminuir o debilitar el concepto de neutralización que debe arropar y proteger al Canal de Panamá.
Puedo entender también la probable conveniencia de Panamá en identificarse con los países árabes que han sido atacados por Irán, que además son aliados de Estados Unidos. Solidaridad que puede ser demostrada lamentando los ataques, pero con el cuidado de evitar una condena. Porque, al hacerlo, implicaría también condenar la agresión original o primaria; es decir, los ataques iniciados contra Teherán por Estados Unidos e Israel. No debimos condenar los ataques de Irán contra sus países vecinos sin condenar, al mismo tiempo, la agresión que generó tales ataques, por la sencilla razón de que estaríamos tomando partido, o al menos dando esa impresión, en esta confrontación bélica o de carácter militar.
Posiblemente algunos de estos países árabes no se encuentren cómodos con Estados Unidos, por ser víctimas de primera línea de ataques producto de su embestida inicial contra Irán y su apoyo a Israel. O quién sabe, alguno de estos países le sugirió al Tío Sam agredir, ante la confrontación milenaria entre el sunismo y el chiismo, que enfrenta a Arabia Saudita con Irán. Pero Panamá no puede ni debe caer en el medio, tomando partido. Debemos, como país que maneja un canal interoceánico bajo el ámbito de la neutralidad permanente, demostrar conocimiento profundo de la realidad diplomática y la manera como debemos abordar estos temas tan sensitivos; es decir, con equidad e imparcialidad, a pesar de que tengamos la tendencia lógica en favor de una de las partes en conflicto (y que es la que ha estado iniciando las acometidas militares en Medio Oriente). Sin olvidar tampoco la necesaria e imperiosa demostración sobre el sufrimiento del pueblo iraní, cuya soberanía popular debe ser parte relevante de preocupación para la comunidad internacional, con la intención de promover y proteger la democracia representativa y la autodeterminación de la población de Irán, limitada, si no sometida, a las imposiciones y la represión de un gobierno autoritario y dictatorial.
En conclusión, para que el Tratado de Neutralidad proteja la operación del Canal de Panamá, y a pesar de no ser jurídicamente un país neutral, Panamá como Estado debería ejercer la neutralidad voluntaria tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra. De esta manera, se disipa cualquier duda respecto a que el Canal permanecerá abierto, neutral, seguro y accesible para el tránsito pacífico de naves de todas las naciones del mundo en términos de entera igualdad.
El autor es abogado.

