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¿Qué es el Pacto de Estado por la Justicia?

¿Qué es el Pacto de Estado por la Justicia?

En el año 2005, ante una profunda crisis en la administración de justicia, la sociedad civil emprendió una jornada de protesta para exigir el adecentamiento de uno de los órganos del Estado responsables de garantizar el Estado de derecho: el Órgano Judicial.

Durante las protestas frente a las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia, el Ejecutivo reaccionó convocando una mesa de trabajo denominada Pacto de Estado por la Justicia, con la tarea de realizar un diagnóstico del sistema judicial y elaborar acuerdos orientados a corregir las falencias detectadas. La mesa estaba integrada por los tres órganos del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), así como por las dos procuradurías, la Defensoría del Pueblo y la sociedad civil, representada por la Alianza Ciudadana Pro Justicia, un espacio que aglutinaba a unas 20 organizaciones interesadas en el mejoramiento del sistema judicial, incluyendo sectores académicos, empresariales, movimientos sociales y gremios de abogados. El Colegio Nacional de Abogados, miembro fundador de la Alianza, también fue convocado directamente por el Ejecutivo. Además, se incluyó al Comité Ecuménico en calidad de garante y depositario del Pacto.

Una vez conformado, el Pacto de Estado por la Justicia definió metas, metodología y, lo más importante, compromisos concretos para cada uno de sus integrantes. Para asegurar su cumplimiento, se creó la Comisión del Pacto por la Justicia, encargada de monitorear los avances en la ejecución de los compromisos asumidos.

Se identificaron cinco áreas prioritarias para la reforma judicial:

  1. Acceso a la justicia

  2. Reforma integral de la jurisdicción penal

  3. Reforma estructural del sistema de justicia

  4. Rendición de cuentas y transparencia

  5. Reformas jurisdiccionales

En total, se alcanzaron 27 acuerdos que debían implementarse a partir de la firma del informe ejecutivo, junto con algunas reformas constitucionales. Entre ellas, se incluyó una propuesta intermedia de autorregulación del Gabinete para la selección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de los procuradores.

Después de 20 años, se han concretado reformas en materia penal, civil, contencioso-administrativa, justicia administrativa, carrera judicial, así como la adopción de una Política Criminológica y la autorregulación del Gabinete para el nombramiento de magistrados. Algunos de estos acuerdos ya son ley de la República, mientras que otros se han presentado ante la Asamblea como proyectos de ley pendientes de debate y aprobación.

Quiero detenerme en la propuesta de autorregulación del Gabinete para la selección de magistrados. El acuerdo adoptado por la Comisión fue el siguiente: “Propuesta de resolución de Gabinete para la preselección de aspirantes a ocupar vacantes en la Corte Suprema de Justicia y las procuradurías”. Desde su aprobación hasta hoy han transcurrido cinco gobiernos (Martín Torrijos, Ricardo Martinelli, Juan Carlos Varela, Laurentino Cortizo y José Raúl Mulino), todos con la responsabilidad de designar magistrados y procuradores por períodos de 10 años o para completar vacantes generadas por renuncias o extensiones irregulares del mandato.

Con excepción del presidente Laurentino Cortizo, ninguno de los mandatarios acogió la propuesta tal como fue formulada, es decir, otorgando a la Comisión la facultad de realizar una preselección. En su lugar, la Comisión se limitó a revisar la documentación y publicar la lista completa de aspirantes, sin ponderación. Las entrevistas públicas se estructuraron sobre tres ejes temáticos: valores éticos y morales, idoneidad técnica y jurídica, y compromiso con los derechos humanos y la democracia.

El presidente Cortizo fue el único que autorizó a la Comisión a elaborar una lista corta de hasta 15 aspirantes ponderados, cada vez que debió hacer designaciones para magistrados. Ningún gobierno ha aplicado el mecanismo para la selección de procuradores.

En el caso del presidente Ricardo Martinelli, aunque inicialmente convocó a la Comisión, desestimó su trabajo al declarar que “no se iba a dejar embaucar”, y procedió a nombrar a un abogado que no se había postulado formalmente. Uno de sus designados renunció tras denuncias en medios, y su reemplazo fue procesado y condenado por la Asamblea, sin completar el período correspondiente.

¿Qué ha aportado este ejercicio al mejoramiento de la justicia panameña?

En primer lugar, representa un avance hacia la democratización de la justicia. El proceso ha logrado posicionar el tema en la agenda pública, involucrar a la ciudadanía y promover mayor transparencia en la selección de altos cargos judiciales. Abogados idóneos ajenos al círculo presidencial han podido postularse y ser evaluados, sometiéndose al escrutinio público y exponiendo sus capacidades. Algunos de los designados han reconocido que, sin este mecanismo, no habrían tenido acceso al cargo.

En este nuevo período, al presidente José Raúl Mulino le corresponderá a fin de año designar a dos magistrados cuyos períodos concluyen (uno de la Sala Civil y otro de la Sala Tercera). Ya ha manifestado que ejercerá su mandato conforme al numeral 2 del artículo 200 de la Constitución, sin aplicar el acuerdo de autorregulación del Pacto. Esta decisión no sorprende, dado su reiterado desprecio por el Pacto de Estado por la Justicia y su actuación previa como miembro del gabinete de Martinelli.

Cabe señalar que esta decisión presidencial es legal y conforme al ordenamiento constitucional. Sin embargo, representa un retroceso frente a los esfuerzos por fortalecer una democracia participativa, generar confianza en la justicia y legitimar las actuaciones del Ejecutivo. Es una actitud contraria al rumbo que han seguido muchas democracias modernas, donde se valora la participación ciudadana en decisiones fundamentales del Estado.

“Quien más consulta, menos se equivoca”.

El autor es abogado y miembro de la Comisión del Pacto de Estado por la Justicia.


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