En junio de 2016 se aprobó la ley que instituye la justicia comunitaria de paz, como parte de los acuerdos del Pacto de Estado por la Justicia y la Concertación Nacional para el Desarrollo, que recomendaron abolir la justicia administrativa de policía impartida por los corregidores y jueces nocturnos, y, en su lugar, crear las casas de justicia dirigidas por un juez de paz en cada corregimiento del país.
Jamás se pensó que la nueva justicia era para atender el problema de la criminalidad, ya que esto le corresponde a la justicia ordinaria. La nueva justicia de paz busca ser un espacio para atender de manera inteligente los conflictos menores, prevenir su escalada, promover la convivencia pacífica y la reconstrucción del tejido social.
Esta nueva visión parte por reconocer que los problemas de violencia y los delitos menores tienen un fuerte impacto en el barrio o vecindario y que, por lo tanto, la primera respuesta debe surgir de estos espacios comunitarios.
Se decidió que la nueva justicia de paz no estaría adscrita al Órgano Judicial con el fin de desjudicializar los conflictos comunitarios, priorizar por la resolución pacífica de conflictos, e involucrar a la comunidad y los municipios en la búsqueda de soluciones a sus problemas; además de enmarcarse en el proceso de descentralización del Estado. Esta nueva justicia deja a un lado los formalismos judiciales, el excesivo legalismo y se inclina por las prácticas restaurativas, la mediación y la conciliación.
Tras seis meses de la entrada en vigencia de la nueva justicia de paz, el panorama no es esperanzador. Son muchos los asuntos pendientes que denotan el abandono y poco interés del Gobierno para que se implemente en debida forma. Falta un presupuesto inicial exclusivo para la implementación de esta ley. Además, no hay comprensión del tema por parte de los alcaldes o parecen desconocer que la convivencia pacífica de las comunidades debe ser parte de sus preocupaciones.
En el Primer Distrito Judicial, donde la justicia de paz se ha implementado desde enero de 2018, los problemas son innumerables: 1. Los jueces de paz solo han recibido una capacitación básica de 60 horas. 2. No se ha nombrado a los mediadores comunitarios en las casas de justicia. 3. El personal es el mismo de las corregidurías y no ha sido capacitado. 4. Los jueces de paz han sido nombrados con los mismos salarios de los corregidores. 5. Las casas de justicia están funcionando en las antiguas corregidurías. 6. Los jueces de paz han reportado que no tienen lo mínimo necesario, como papelería, computadoras y demás. 7. No existe una campaña de difusión a los ciudadanos y por lo tanto la participación ciudadana es casi nula.
Es importante que la Comisión de Estado por la Justicia y la Concertación se pronuncien. Mientras tanto, en muchos corregimientos del país se cerraron las corregidurías, pero no se abrieron las casas de justicia ni se nombró a los jueces de paz, lo que significa que estamos ante un caso de violación del derecho humano de acceso a la justicia. Los alcaldes, Mingob, la Secretaría de Descentralización y el MEF deben buscar una solución y destinar los recursos para la implementación de la justicia comunitaria de paz.
La autora es activista por los derechos humanos
