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TRIBUTACIóN

El reporte país por país

El Decreto Ejecutivo N° 46 del 27 de mayo de 2019 establece el marco regulatorio del reporte país por país (country by country en inglés) en la República de Panamá, con esta normativa la última sociedad matriz del grupo multinacional que tenga ingresos consolidados de 750 millones de euros o más y a su vez sean residentes fiscales, deberán declarar anualmente información sobre la distribución de sus ingresos, utilidades, impuestos, activos y empleados.

La promulgación del Decreto Ejecutivo N° 46, así como la suscripción del Acuerdo Multilateral para Autoridades Competentes para el Reporte País por País (CbC MCAA por sus siglas en inglés) es parte de los compromisos de Panamá en la implementación de la acción 13 “Documentación de precios de transferencia e informe país por país” del proyecto sobre la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios de la OCDE y del G-20.

El reporte país por país se compartirá de manera automática conforme a los instrumentos multilaterales o bilaterales de intercambio de información suscritos por los países. Este reporte detallará a las principales funciones realizadas por las entidades del grupo multinacional en otras jurisdicciones, así como indicará cuál jurisdicción está sirviendo como un centro financiero, un centro de propiedad intelectual o centro de servicios del grupo multinacional.

Es importante destacar que en la actualidad 80 jurisdicciones han introducido la obligación del reporte país por país en sus países, así como han suscrito más de 2 mil acuerdos para el intercambio de información del reporte país por país, a través del Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, los convenios tributarios para evitar la doble tributación y los acuerdos entre autoridades competentes para el reporte país por país.

La implementación del reporte país por país permitirá a las administraciones tributarias conocer los flujos transfronterizos de los grupos multinacionales en diferentes jurisdicciones, con la finalidad de evaluar los niveles de riesgo de las planificaciones fiscales agresivas producto de la manipulación de los precios de transferencia u otros riesgos de erosión de la base imponible.

Ahora bien, de acuerdo con el marco regulatorio del reporte país por país en Panamá, este reporte será exigible a la última sociedad matriz de un grupo multinacional residente fiscal con respecto al periodo fiscal 2018. En tal sentido, los grupos multinacionales disponen de todo el periodo fiscal 2019 para preparar y presentar dicho reporte ante la Dirección General de Ingresos.

El autor es investigador asociado a la Universidad Paris Dauphine – PSL Research University 


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