La discusión sobre una futura reforma constitucional en Panamá no puede seguir girando únicamente en torno a ajustes técnicos o redistribuciones de poder. Hay un elemento más profundo, más urgente y, a la vez, más olvidado: la solvencia moral de quienes ejercen la representación popular. Sin ella, cualquier arquitectura institucional, por más sofisticada que parezca, termina erosionando desde dentro.
En ese contexto, resulta impostergable incorporar tres pilares éticos mínimos en la próxima reforma constitucional: la prohibición de la reelección inmediata para cualquier cargo de elección popular, la prohibición de aspirar simultáneamente a más de un cargo, y la inhabilitación para postularse de personas condenadas por delitos dolosos.
La reelección inmediata, lejos de fortalecer la democracia, ha demostrado en múltiples escenarios convertirse en un mecanismo de perpetuación del poder. Quien ostenta un cargo público dispone —aunque formalmente no deba hacerlo— de ventajas estructurales frente a otros competidores: visibilidad, acceso a recursos, redes de influencia. Esto distorsiona el principio de equidad electoral y, más grave aún, fomenta prácticas clientelistas orientadas a asegurar la permanencia en el cargo. Prohibir la reelección inmediata no es castigar la continuidad, sino proteger la alternancia, oxigenar el sistema político y recordar que el poder es un encargo temporal, no un patrimonio personal.
Permitir que una misma persona aspire simultáneamente a distintos cargos de elección popular vacía de contenido el verdadero sentido de la representación. No es posible asumir con igual seriedad y entrega responsabilidades que, por naturaleza, se excluyen entre sí. Más que vocación de servicio, esta práctica refleja cálculo político, y proyecta una señal preocupante: que el cargo es una meta en sí misma y no un instrumento para servir a la ciudadanía. Por ello, la Constitución debe ser categórica: quien aspire a representar, debe hacerlo con claridad de propósito, coherencia y respeto al electorado, sin dispersar su compromiso en múltiples candidaturas.
La realidad actual en Colón ilustra con crudeza las consecuencias de esta distorsión. El corregimiento de Barrio Norte se encuentra hoy en una situación de acefalía: su representante principal renunció para asumir como diputado, y su suplente —quien debía ocupar el cargo— enfrenta una medida cautelar tras la imputación de cargos vinculados a la denominada descentralización paralela. Surge entonces una interrogante inevitable: ¿quién está representando, en este momento, los intereses de esa comunidad? Este planteamiento no pretende adelantar juicios ni desconocer el principio de presunción de inocencia que ampara a toda persona, sino evidenciar el vacío institucional que se genera cuando la representación se desdibuja y pierde su eje esencial: servir de manera efectiva y continua a la ciudadanía.
Sin embargo, el punto más sensible —y quizás el más necesario— es la prohibición de que personas condenadas por delitos dolosos puedan aspirar a cargos de elección popular. No se trata de negar la posibilidad de reinserción social, principio fundamental en un Estado de derecho, sino de reconocer que la representación pública exige un estándar ético superior. Quien ha sido condenado por conductas que implican intención, abuso de confianza o daño deliberado a terceros, difícilmente puede erigirse como garante del interés colectivo.
La confianza ciudadana no se decreta; se construye. Y se construye, en gran medida, a partir de la credibilidad de quienes ocupan posiciones de poder. Cada vez que una persona con antecedentes penales por delitos dolosos accede a un cargo público, se envía un mensaje devastador: que la ética es negociable, que la ley es relativa, que el poder puede estar por encima de la integridad.
Panamá necesita dar un paso firme hacia una democracia no solo funcional, sino moralmente legítima. Estas tres propuestas no resolverán por sí solas todos los problemas estructurales del sistema político, pero sí establecerán un punto de partida claro: el ejercicio del poder debe estar reservado a quienes, además de capacidad, demuestren integridad.
La autora es abogada

