El proceso seguido al ex ministro de Gobierno y Justicia Daniel Delgado Diamante debió calificarse como un homicidio culposo y no doloso en perjuicio del cabo de la Guardia Nacional Andrés García, según opinó el magistrado del Segundo Tribunal de Justicia Luis Mario Carrasco.
Carrasco, quien salvó su voto en el fallo del Segundo Tribunal que decidió llamar a juicio a Delgado Diamante por el homicidio de García, registrado el 7 de febrero de 1970, sostuvo que los hechos en los que se vio involucrado el ex ministro debieron ser considerados en la modalidad de lesiones personales con resultado de muerte; es decir, homicidio culposo.
En su salvamento de voto, Carrasco señaló que entre las pruebas y testimonios aportados en el expediente del caso se corroboró que Delgado Diamante no disparo a matar, ya que hizo tres detonaciones y la última impacto a García en una de sus piernas.
Con ello, Carrasco entró en clara contradicción con sus colegas Joaquín Ortega y Wilfredo Sáenz, quienes sostuvieron que Delgado Diamante ingresó a la casa de la esposa de García escoltado por cinco guardias, desenfundó su arma y disparó.
Aseguraron, en consecuencia, que la conducta de Delgado Diamante fue dolosa, porque entre las seis personas que ingresaron a la casa hubiesen podido inmovilizar fácilmente a García, pues este estaba ebrio.
El Segundo Tribunal fijó para el próximo 6 de octubre la audiencia por este caso, que tardó 40 años en llegar a los tribunales.

